Segregación de terrenos

Mi padre junto con sus tres hermanas han heredado unos terrenos. El problema es el siguiente: Mi padre, además de sus 8 hectáreas de terreno, es el único que ha heredado la casa de campo que se haya dentro de la suma de hectáreas. Sus hermanas quieren vender, pero mi padre en cambio, no. El ayuntamiento se niega a autorizar la segregación por ser el terreno donde se haya la casa menor que el resto que quiere ser vendido. ¿Qué se puede hacer? El ayuntamiento hace y deshace todo lo que quiere, pues en nuestro mismo pueblo se le ha concedido a un propietario la segregación de terrenos con tan sólo 3 hectáreas en propiedad.

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La posibilidad de hacer segregaciones viene definida por la normativa, es un acto reglado y no arbitrario; es decir, si se puede legalmente no os lo pueden impedir, y si no se puede legalmente no os lo pueden autorizar.
La posibilidad de realizar una segregación dependerá de la clasificación del terreno (rústico, urbano o urbanizable) y de las condiciones para la segregación (tamaño de fincas resultante, accesos, metros de frente, etc.)
Si la finca está en terreno rústico las condiciones las establecerá en principio la normativa sobre suelo de vuestra autonomía, y si es un terreno urbano lo más posible es que esté definido en el planeamiento municipal, si está adaptado a la legislación autonómica vigente.
En Galicia, que es donde trabajo, hay trabas a la segregación de fincas pero se puede hacer en muchos casos. No se de donde estáis hablando; de todos modos un terreno de 8 hectáreas me parece de un tamaño bastante respetabe como para poder hacer una segregación.
Lo mejor es que consultéis con un abogado sobre las posibilidades legales de hacer la segregación en vuestra autonomía.
Le escribo desde un pueblo de Sevilla y no creo realmente que sea el número de hectáreas el problema, ya que como le comenté anteriormente dan el permiso según su libre arbitrio.
De no poderse segregar, ¿qué problemas habría en el futuro?
Desconozco la legislación andaluza al respecto, pero como le comenté las segregaciones son actos reglados y sujetos a lo que diga la normativa, de modo que si hay precedentes comparables donde se ha permitido y la normativa no ha cambiado no deberían impedírselo.
Los problemas son principalmente derivados de que la propiedad seguiría siendo una pero con varios propietarios que tendrían que estar de acuerdo en cómo gestionarla y utilizarla. Liandolo más se podría diferenciar entre la nuda propiedad y el usufructo, pero eso haría muy difícil vender.
Por otra parte, si se hace una segregación que luego resulte ilegal, no serían autorizables las obras o permisos solicitados sobre las parcelas segregadas.
Creo que lo mejor es consultar a un abogado sobre las condiciones que marca la legislación andaluza al respecto.
Gracias por las molestias tomadas con respecto a mi consulta. Haré lo que me ha aconsejado, consultar a un abogado para saber con más detalle.

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