Cédula de Habitabilidad

Estoy buscando un piso de compra en Barcelona. Me ofrecen un piso tipo LOFT, pero sin cedula de habitabilidad. ¿Es esto legal? ¿Qué implicaciones puede tener para mí comprar un piso de este tipo y vivir en el? ¿Se puede conseguir la cédula más adelante (y que pasos hay que seguir para ello)?
Respuesta
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Bien, has formulado la pregunta del millón: pasos para conseguir la cédula de habitabilidad. Pues depende de cada Comunidad Autónoma y en ocasiones de cada Ayuntamiento y te aseguro que no es fácil averiguar los pasos. En Madrid, por ejemplo, se tramita a través de la Dirección General de Arquitectura y Vivienda para aquellos pisos que no la tienen, ya que ese documento no existía antes de 1968 y por tanto toda vivienda construida con anterioridad no la tiene a menos que se haya solicitado posteriormente por parte del propietario. En Madrid, por ejemplo, tienes que rellenar una solicitud tras la cual contactan contigo y giran una visita de inspección para comprobar si cumple las condiciones de habitabilidad. Sin embargo piden una serie de exigencias absurdas, basadas en una ley que es incluso anterior a la Constitución y que, simplemente, a estas alturas, son absolutamente estúpidas. El problema estriba en que se siguen basando en ellas y dado que los conceptos de familia han cambiado bastante, no encuadran muy bien lo que tú y yo podemos entender por habitable. Verás, piden unas alturas de techo mínimas de 2,30 metros, y más de un metro de ancho en la puerta de entrada. Del mismo modo exigen medidas desorbitadas en lo que a habitaciones se refiere, con lo que con estas normas, por ejemplo, los estudios, quedarían totalmente descartados. Piden un mínimo de m2 útiles de 25, lo que se contradice con las dimensiones de las habitaciones. Por otra parte dicen que no se considera habitable cualquier altura de techo por debajo de 1,30... cosa que también se contradice con los 2,30 que piden en párrafos anteriores. Ya te digo, totalmente absurdo.
Al final, y en definitiva, queda al criterio del arquitecto que gira la visita de inspección, pero como te toque uno de esos que sigue la normativa a rajatable, olvidate de la cédula.
Para empezar te diré que los famosos Loft, a menos que sean de nueva construcción y por tanto la cédula sea responsabilidad del constructor, el cual es el encargado de dártela a la compra de la vivienda, son, por norma general, locales habilitados por un particular como vivienda. Dado que su naturaleza es la de local y no la de vivienda (eso lo puedes comprobar en el Registro de la Propiedad), es muy complicado que te la otorguen como cédula para vivienda.
Tienes que tener presente que a ésto hay que sumarle que, aparte de los permisos de la administración, hay que tener en cuenta los estatutos de la Comunidad de Propietarios a la que pertenece el local, ya que si en los mismos no está recogido el uso residencial, habría que cambiarlos y eso no es fácil si la comunidad se opone.
Mi consejo: cada uno es muy libre de vivir como mejor le parezca, pero sí es posible que a la larga puedas tener algún tipo de problema con la Comunidad de Propietarios o con la Administración. Aparte de que si un día quieres venderlo, el comprador se hará las mismas preguntas que te estás haciendo tú.
Yo, personalmente, no lo compraría.
Muchas gracias. Con tu respuesta me he terminado de aclarar y de ver que no son ningún chollo los lofts por mucho que lo puedan parecer. Seguiré tu consejo.

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