Quisiera saber qué implicaciones tienen "Servidumbres de paso en parcela urbana en una urbanización"

Estoy analizando la compra de una parcela urbana en una Urbanización de un pueblo de Madrid. En la Nota Simple aparece lo siguiente como "cargas":

Por su procedencia:
Servidumbre:
Servidumbre de paso desde la calle xxx a la finca xxx a favor de: union eléctrica sa. Por Procedencia De La Finca No:XXX, Asiento De Inscripción POR Con Fecha XX/XX/1976, Tomo: XX, Libro: XX, Folio: XXX, Titulo Servidumbre
Servidumbre perpetua de paso de tuberías a favor de: empresa publica canal de isabel ii. Por Procedencia De La Finca No: XXX, Asiento De Inscripción POR Con Fecha XX/XX/1990, Tomo: XXX, Libro: XX, Folio: XXX, Titulo Servidumbre

Por lo que he leído, la primera pareciera ser simplemente un paso desde una finca hasta otra, aunque ahora hay calles que podrían comunicarlas (imagino que en 1976 no estaban hechas aún).

La segunda me preocupa más porque parece que pasan tuberías por la finca, pero la finca de al lado está construida una casa y tiene las mismas cargas.

Mis dudas son:

1. La primera no dice qué superficie tiene. Y como Unión Eléctrica no existe más, no sé a quién acudir. ¿Dónde figuran los datos de medidas y superficie afectada?

2. La segunda ¿indica qué pasa una tubería? ¿Dónde figuran los datos de por dónde pasa etc etc?

3. ¿Veis problemas como para que pudiera disminuir el valor de la parcela o hacer que un banco no me dé el préstamo autopromotor por tener este tipo de "cargas"?

En definitiva no sé si comprar o no la parcela por este tema. Aunque lo dicho, la de al lado tiene una casa. ¿Dónde busco ayuda?

1 Respuesta

Respuesta

1- Las servidumbres de paso se pueden extinguir en el momento en que los servidos puedan disponer de acceso por haberlo ganado a vía pública. Si la primera es de ese tipo, entiendo que no le afectaría (puede iniciar un expediente de supresión de la servidumbre). No obstante, por como está descrita y el titular de esa servidumbre, yo la entiendo como una servidumbre para el paso de conducciones eléctricas (aéreas o enterradas hasta una finca determinada); aunque esa compañía ya no exista, la compañía eléctrica de la zona se habrá hecho cargo de ellas; debería acudir a ella para conocer como es servida la finca servida (y si no tiene sentido la servidumbre, extinguirla, para lo que debería hablar con un abogado).

2- Si pasa una tubería, en el Canal de Isabel II deberían tener información al respecto, y también existirán expedientes en el archivo municipal, relacionados con la urbanización de esa zona. En ellos se debería recoger el trazado de esa canalización.

3- Si las servidumbres no interfieren en la posible edificación de la parcela, no debería haber problemas en el banco por esas cargas; de todos modos, sí afectarán al valor de la propiedad, disminuyéndolo.

Muchas gracias. El asunto es que en el ayuntamiento no tienen información al respecto. Me dicen que acuda a las empresas respectivas, y por ejemplo en Ibedrola, (que pareciera es la que da electricidad en la zona) no me saben decir nada. He pedido mayor info en el Registro de la Propiedad, a ver si tienen más detalle de cómo afecta. Hay una parcela que linda con la que estoy viendo que tiene construida una casa. Y en su Nota Simple aparecen las mismas servidumbres. La inmobiliaria me asegura que no hay problemas. Los administradores de la comunidad me enseñarán un plano de la canalización, a ver qué sale.

Me extraña que en el ayuntamiento no le hayan podido (¿querido?) Mostrar los planos de las instalaciones en la zona; porque siendo de los 90 (por la servidumbre al Canal) tienen que tenerlos.

Si nadie usa esa servidumbre, quizá podría intentar un expediente para finalizarla.

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