Cuartillo patio interior

Tengo un adosado con un patio interior (de 2,75 m de ancho por 5 m de largo) en el que quiero hacer un cuartillo en una parte del mismo (de 2,75 m de ancho por 1,10 m de largo), con un techo de tejas. De los tres muros que constituyen el patio, dos son medianeros (con patios de adosados de la misma promoción) y el tercero (uno de los laterales de 2,75 m) está pegado a otro muro de otro patio pero de un adosado de distinta promoción. Para que en el cuartillo quede incluido el calentador (que parece que por ley no puede estar por debajo de 1,45 m del suelo), la parte alta del tejado (que lleva una pendiente) debería levantarse hasta unos 2,50 m del suelo. Los muros del patio son de unos 1,90 m de alto, con lo cual tendría que levantar unos 60 cm o 70 cm. Además, en la pared que levantaría sobre mi muro y que daría al patio de la otra promoción, me gustaría poner algunos pavés traslúcidos. Mi cuestión es sobre la legalidad de esa pared que pienso levantar. (De la medianera no tengo problema porque con la pendiente se disminuye lo que levante y no hay vecinos, y a la promotora le da igual).

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Yo me preocuparía muy mucho de todo lo que quiere realizar. Por de pronto debiera vd., ver las condiciones de ocupación de su parcela para saber si puede realizar la acción que vd., plantea por nivel de ocupación dentro del solar, puede que su promotora, como suele ser común, haya ido al límite para sacar el máximo rendimiento del solar, y por tanto esos metros cuadrados bajo techo le computen como metros cuadrados construidos quedando por encima de las medidas permitidas por el Ayuntamiento. Eso por no indicar el hecho de que es probable que le obliguen a mantener un retranqueo entre la pared medianera y el edificio.
Así mismo, la medianera es 50% de vd., y 50% del vecino, por tanto lo de colocar el muro de su casa y un pavés que de al inmueble del vecino, me temo que le pondrán pegas y si lo realiza le demande el vecino.
Yo antes que nada trataría de observar la legalidad de lo que pretende ejecutar no sea que le obliguen a tirarlo una vez ejecutado. No sería la primera vez.
Si no quiere preguntarlo en el Ayuntamiento para no ponerles sobre la pista, puede vd., consultar normativa urbanística y ocupación en el proyecto de construcción.
Un saludo
Jaime Feiner
[email protected]

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