Obras en un local comercial:

Soy presidente de mi comunidad y hay un vecino que tiene también unos locales comerciales y esta haciendo obras en ellos para desarrollar 2 actividades: Restaurante y Apartotel. Mis preguntas son:
¿Puede tener una salida del restaurante (la de emergencia) y la misma como entrada de mercancías por la zona común, donde entren y salen los proveedores con sus vehículos? (El es propietario de un piso en la comunidad pero el local no paga cuota de comunidad)
Esta haciendo en los locales obras mayores para adeguarlos a las actividades. ¿Tengo facultad para pedirle los proyectos y las licencias de obras?
Para terminarse una salida de humos ha hecho obras y ha tocado elementos comunes sin pedir permiso a la comunidad. El anterior presidente intenta notificarle la disconformidad de la comunidad y que los vuelva dejar al estado anterior. El se hace el ausente y no recoge los burofax. ¿Hay qué enviar a un notario para notificárselo o hay otro medio?

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Las 2 actividades mientras no sean contrarias a ley o a los estatutos de la comunidad no hay ningún problema.
En lo que respecta a salida de emergencia, son las disposiciones urbanísticas de su localidad la que debe corregir si las infringe. En el Ayuntamiento podrían aclararle al respecto.
El local podrá utilizar la zona común, si así se dispone en los estatutos o titulo constitutivo de la comunidad.
No comprendo como el local no paga cuotas de comunidad. No creo que en la división horizontal se le haya eximido del pago de cuotas. Quizás puedan haberlo exonerado de algunos pagos, pero hay uno, por ejemplo el seguro del edificio, que tiene que pagarlo.
Todo propietario, tanto de piso como de local, esta obligado a comunicar las obras que vaya a realizar a la comunidad.
El propietario no tiene obligación de mostrarle el proyecto ni licencia de obra. Es la policía local la que debe vigilar si posee dicha licencia. Usted como presidente puede instar a la policía para que lo compruebe.
El proyecto de obra mayor puede visionarlo en Urbanismo del Ayuntamiento.
Si ha tocado elementos comunes alterándolos y ya le han enviado el burofax, pueden iniciar acciones judiciales contra el. (El que se haya negado a recoger el Burofax es igual).
Tenga en cuenta que las acciones que se realicen deben contar con la aprobación de la Junta de Propietarios.

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