Presidente de la comunidad

Hola.
En breve me va a tocar ser el presidente de mi comunidad de vecinos.
A pesar de que yo no tengo problemas con ningún vecino, la situación actual es muy mala hasta el punto que en la última reunión estuvieron a punto de pegarse varios vecinos.
Mi pregunta es la siguiente: Teniendo administrador en el edificio: ¿Cuáles son las atribuciones mínimas de las que se debe responsabilizar el presidente? ¿Tengo qué acudir obligaroriamente a las reuniones? ¿No valdría sólo con firmar lo necesario?.
Gracias por adelantado.
Un saludo

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El Presidente ostentará legalmente la representación de la comunidad, en juicio y fuera de él, en todos los asuntos que la afecten.
Esto no significa que tenga que ser el portero de la comunidad.
El Presidente tiene que convocar la Junta de Propietarios y debe presidirla. Apóyese en el administrador ya que el hará aquello que usted le indique, siempre dentro de la ley.

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