Antena colectiva

Estimado experto:
Los fuertes vientos huracanados producidos en fechas pasadas, han doblado el poste de la antena colectiva de la comunidad que ha tenido que sustituirse por otra nueva. Mis preguntas son las siguientes: ¿Los locales comunitarios tienen que pagas la parte que le corresponde de este coste? ¿La antena colectiva es un elemento común de edificio?. Ellos no reciben señal de T.V y dicen que no tienen que pagar este gasto.
Un saludo
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El hecho de que no dispongan de TV no quiere decir que no pudieran tenerla si lo desearan, por tanto, ese poste es tan comunitario como el tejado del edificio que llegado el caso de un desperfecto en él tampoco les afectaría pero que como un miembro más de la Comunidad deberían de hacer frente.
Así pues, les queda el derecho al pataleo, pero les corresponde también a ellos aportar para la reparación de un bien común.
Saludos
Jaime Feiner
[email protected]

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Para no pagar ese gastos común deben de exonerarlos en los estatutos o división horizontal.
Por lo común si no reciben señal no suele aplicarseles ese gastos a lo hora aplicar la correspondiente derrama.

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