Los locales deben pagar ascensores nuevos

Buenas tardes, desearía hacerle una pregunta directamente, ya que nadie me contesta a la llamada general que hice sobre si los locales al tener que cambiar los ascensores de la comunidad están obligados a pagar. Según hice esta consulta a otro experto se me confirmo lo que yo creía y ahora ese experto no esta disponible para incidir en el tema. La cuestión es que en reunión de comunidad acordaron por desconocimiento no pasar los enteros correspondientes a los locales y al tener otra reunión dijeron que no pagaban porque los ascensores estaban ya instalados y solo se pagaba si se colocaban nuevos de principio. Si es tan amable le agradecería me aclarara el concepto ya que según mi entendimiento son parte del edificio y deberían de pagar su cuota de participación. ¿Podría indicarme en que articulo se sabe esto?. Gracias.
Respuesta
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Es un tema reconocido por la jurisprudencia, o sea sentencias del TS.
Discúlpeme, ya veo que dice estar reconocido por la jurispuudencia, pero no me aclaro si al estar los ascensores ya instalados y se cambian a los 20 años por no servir ya para el uso, si deben de pagar los locales su cuota conforme a los enteros que tienen. Gracias y espero su respuesta.
Deben de pagar como cualquier otro componente, a menos que estén eximidor por la escritura de obra nueva y división horizontal.

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