Puede mi vecina invadir una zona común de paso

Mi vecina tiene colocadas unas plantas en el rellano de su puerta limintando el paso para subir a mi casa, después de quejarme en una reunión de propietarios y estando la mayoría (8 de 12, 4 ausentes) de acuerdo, el presidente le solicito amistosamente que las quitara, pero la señora sigue haciendo lo que le da la gana. ¿Cómo puedo conseguir que esta mujer entre en razón?

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Para orientarte mejor necesito saber:
1. Si de la reunión efectuada levantaron acta de lo actuado.
2. Si dentro de los "estatutos o reglamentos de la copropiedad" existe referencia a limitar el transito por zonas comunes.
3. Se en dicho reglamento se contemplan multas o sanciones sobre "limitar el acceso en las zonas comunes".
1. Se levanta actas pero este tema lo expuse al final de la reunión como un comentario haber si podía tener respaldo de los vecinos, y como te dicia si lo tuve y el presidente quedo en comentárselo a la mujer, por lo que entiendo debería exponerlo en la próxima reunión, que se vote y ese voto conste en el acta, de esa manera ya estará por escrito. 2. En cuanto a los estatutos no se si los hay, me imagino que aun no habiéndolos habrá un regalmento general para todas las comunidades.
De todas formas se lo voy a comentar al presidente y te informare para que puedas darme una solución si la hay, gracias por lo rapidez en contestar.
Entiendo que dicho comentario no quedó registrado en el acta de reunión y por ende se "presupone que no se hizo" porque lo escrito.. escrito está y la ley se fundamenta en hechos verificables, aunque se hayan adelantado gestiones al respecto no se tiene el soporte escrito sobre el tema. Conclusión de este ejercicio: No cabe ningún tipo de acción jurídica, respecto a este punto, que tu puedas emprender. Pero si cabe una querella llevando como testigos a dos que estuviesen presentes en la reunión para que afirmen que sí se le hizo saber a tu vecina los inconvenientes por obstaculizar un "área de circulación de una zona común. No te recomiendo este segundo procedimiento en "aras de la convivencia pacífica entre vecinos".
Sí se debe exponer nuevamente y que quede en el acta que está prohibido obstaculizar las áreas de circulación, tanto para tu vecina como para todos los miembros de la comunidad.
Por lo pronto debes solicitar copia del reglamento y estudiarlo juiciosamente para verificar lo que te decía en mi respuesta anterior.
Por ley general de las copropiedades está expresamente prohibido este tipo de prácticas, entre muchas otras, y cabe una demanda basados en dicho argumento, procedimiento que no te recomiendo "en aras de la convivencia...".
Todo lo anterior para explicarte que la opción más pertinente es la que expreso en el segundo párrafo de este.
Muchas gracias, me ha quedado muy claro, en la próxima reunión voy a pedir la votación y que quede por escrito para poder así presionar a la mujer, y si sigue en sus trece poder denunciarla.
Gracias por la atención y rapidez en contestar.

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