Zona común sin uso designado

Compre una vivienda hace 2 años, con acceso al vuelo de la vivienda de un vecino. Yo soyel único propietario que puede acceder a dicho vuelo, según escrituras, no tiene designado ningún propietario por lo que damos por hecho que es zona común, tampoco tiene designado ningún uso en los estatutos, lo cierto es que cuando lo compre tenia instalado un tendal y un cuarto trastero y durante este tiempo le hemos dado este uso.
Recientemente he recibido una demanda de"acción reivindicatoria y declaración de derechos" del vecino propietario de la vivienda, del vuelo en cuestión, me acusa haber abierto el acceso, modificando la estructura exterior del edificio, y de apropiarme de esta zona y dar un uso inapropiado.
Antes de firmar escrituras el notario me aseguro que esa zona era común y al tener el único acceso, podía darle uso, la única prueba que aporta el demandante de la "no existencia" de ese acceso, es su testimonio y el de su ex mujer ( tercer propietario de la comunidad).
¿Crees qué me obligaran a tapiar dicho acceso y negarme el uso de dicha zona?

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Siento tener que decirte que creo no tienes derecho a usarla de una manera privativa; el que el único acceso sea por tu vivienda, con acceso o por la ventana, por ejemplo, significa que, en caso de tener que acceder la comunidad, bien sea para arreglos, para limpieza, para coger cosas caídas de los vecinos de arriba, etc, repito, tener que acceder por tu vivienda para estas situaciones o similares, tienes obligación de permitirlo pero, aquí va la contrapartida, también tienes derecho a que te "indemnicen" por ello. Esto se suele hacerse cuando, por ejemplo, para acceder a un patio de cmdad. A limpiarlo habitualmente, cuyo único acceso es una vivienda.
Entiendo que anterior a la transmisión estaba realizad el acceso; pues bien, ponte en comunicación con el presidente-administrador, solicítale la información que tenga sobre ello y visiona el Libro de Actas en busca de Acta donde se solicite permiso de apertura y se de por la comunidad. Lo lógico es que si ese acceso está abierto, esté recogido en Acta alguna y el destino del mismo así como la solicitud de permiso, los derechos que se otorguen de uso, las obligaciones de mantenerlo... Si está recogido, yo estaría tranquilo siempre y cuando lo mantengas tu, evitando daños a terceros. Ahora bien, si no consta por ningún sitio, puedes tener problemas. En este uñyimo supuesto, intenta argumentar que el acceso es preciso para el mantenimiento de dicho vuelo y que ya que el acceso es por tu casa, solicitas como indemnización el poder usarlo.
Comprueba primero Actas y según el Libro, si te parece lo hablamos después.
La comunidad la formamos 3 propietarios en un edificio de 4 viviendas.los otros 2 propietarios construyeron el edificio cuando eran matrimonio y al divorciarse hicieron división horizontal. No existe una comunidad constituida ni Libro de actas.
El acceso se construyo con la edificación, pero no hay planos, tengo toda la documentación de la finca:obra nueva, división horizontal, y no se enumeran ni puertas ni ventanas.
El resto de los apartamentos lindan con "zonas comunes ajardinadas"a las que se les da uso privativo (tendales de ropa, parrilleros, etc...), .
... ¿El acceso es de origen pero no consta en la descripción de tu vivienda ni en la de obra nueva... y quien te demanda es la misma persona que construyó el acceso (la finca entera)? Y, entonces, las mismas personas que te demandan por este uso y acceso son las que usan los jardines comunitarios privativamente... Disculpame (xxxxxx), no entiendo nada de lo que sucede si a ti te he entenddico bien. Creo que deberíais comenzar constituyendo la comunidad mediante Junta para legalizar ciertas situaciones pero dada la situación especial, que tus únicos convecinos son los que te demandan, no se. Permíteme que te recomiende que acudas a un abogado porque es bastante engorroso como para tratarlo en este foro; se precisaría ver documentación, división horizontal, escrituras, titulo de propiedad, etc.
Siento no poder ayudarte desde este foro. Acude a un abogado civilista de tu ciudad. Puedes contraatacar con la misma demanda con respecto a algún jardín que se hayan apoderado y forzar así un arreglo más amistoso; constituir de una vez comunidad y establecer, ya que al parecer no los hay en la división horizontal, unos estaturos definitorios.

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