Terraza

Me dispongo a comprar un piso que tiene un acceso a una azotea por medio de una escalera que está dentro del mismo, soy el único que tiene un acceso a esta azotea, incluso la azotea tiene agua y luz de la vivienda. No está escriturada ni tiene aún adjudicado un uso privado en los estatutos de la comunidad. ¿La comunidad puede ponerme problemas por el disfrute de la azotea? ¿Pueden instalar en ella elementos comunes: antenas, paneles solares, etc, aunque sólo se pueda acceder desde la propiedad?. Gracias
Respuesta
1
Normalmente en los estatutos se suele indicar que la terraza del ático que tenga acceso por una vivienda privada es para uso y disfrute del propietario de la vivienda por la que se accede. Si se trata de una comunidad antigua es posible que no se haga ningún tipo de referencia, en ese caso, te aconsejo que localices al presidente de la comunidad y le preguntes que acuerdos hay referentes a la terraza.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas