Comunidades de propietarios

Tengo tres locales comerciales en una comunidad de vecinos. Estos dan a una terraza que en escritura consta que es de uso pivativo de dichos locales. Hay un vecino en concreto que no parece aceptar este punto, a pesar de que el administrador, aún siendo amigo de este, llevó las notas simples del registro, en las que se especificaba el uso privativo de estas. Ahora, quieren denunciarnos a la policía comunitaria, que me han dicho que es un cuerpo especial, por que según ellos, hay escándalo por la noche, debido a que en uno de los locales, los inquilinos son chinos y tienen una tienda de comestibles, con un amplio horario de apertura. No hay ni una sola llamada a la policía para denunciar dichas molestias y mi pregunta es, aún demostrando que no es tal el escándalo que alegan, ¿podría un juez quitarnos el uso y disfrute de esas terrazas si el resto de propiestarios de la comunidad se lo propusiera? Creemos que su fin es ese, y una vez que el uso sea de la comunidad, cerrar las terrazas, dejando una puerta de paso, lo que reduciría bastante la actividad de estos locales.
Teniendo el 21% de coeficiente de participación, entre locales y plazas de garaje, pero sin viviendas ¿podríamos optar a la presidencia de la comunidad, si los vecinos nos votaran en mayoría?
Si uno de los inquilinos de un local quisiera hacer un traspaso, ¿tendríamos derecho nosotros como propietarios a un tanto por ciento? ¿Cuál sería este?
La verdad es que es un mundo aparte este de las comunidades y yo, en él, ando un tanto perdido.
Muchas gracias por tu tiempo.
Un saludo.

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Perdona pero en este momento no puedo contestarte, si no te importa el lunes sin falta te enviare mi respuesta.
A ver vamos por partes:
En cuanto la terraza de uso privativo. Para quitarte el uso privativo tendría que modificarse el titulo constitutivo de la comunidad y para esto tendría que haber unanimidad de votos en una junta celebrada con este punto incluido en el orden del día, entonces como tu voto sera en contra ya no hay unanimidad y ya no se puede modificar. Por otro lado lo de la actividad del negocio de los chinos, si en los estatutos de la comunidad no se prohíbe dicha actividad, la comunidad no puede hacer nada a menos que se modifiquen los estatutos, que también para poder modificarlos debe hacerse por unanimidad de votos, entonces como en el caso anterior si tu voto es en contra tampoco se pueden modificar. Referente a lo del traspaso, no, no tendrías ningún derecho a un tanto por ciento, los traspasos se hacen con la idea de recuperar alguna inversión realizada, ya sea obras, ya sea traspaso de un negocio en funcionamiento, etc... y en eso el propietario no participa. Y lo de ser presidente o no de la comunidad, generalmente los propietarios de los locales no participan en cargos en la junta de gobierno, ya que no viven en la comunidad ni participan en el pago de todos los gastos de la comunidad.

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