Sobreelebacion de planta

Hola tengo una unifamiliar i a rans de garaje por detrás tengo un jardín i quisiera cubrirlo i así podría aumentar la terraza que tengo en el 1 piso .
i mis vecinos me dicen que no puedo ( lo aria por ni terreno sin tocar la paret medianera ) por que dicen que modifico la estructura i la configuración del edificio ( somos de régimen de propiedad horizontal ) i que mecesitan la mayoría de botos para hacerlo i que he de tener un derecho de sobreelebacion
Es cierto esto
i que es derecho de sobreelevacion
Gracias .

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Tienes varios problemas, en primer lugar es cierto que con la obra modificas las fachadas y la estructura, en tanto que cargas lo nuevo, en consecuencia necesitas autorización de la Comunidad, salvo que tuvieses ese derecho reconocido en las escrituras, cosa harto improbable.
Por otra parte es probable que desde el punto de vista municipal no puedas hacerla, puede ser que la edificabildiad del área esté ya agotada o que la ordenanza no te lo permita por alineaciones, separaciones o cualquier otro motivo, también necesitas la licencia municipal de obras.
En tanto en cuanto no consigas las dos autorizaciones no puedes construir la obra que pretendes.
Hola jose, gracias por contestarme, pues si según las ordenanzas lo puedo hacer ja que el área la podría construir según el arquitecto del municipio, en todo lo que se refiere al área, i tengo los 3 visados de obra .
Osea que según urbanísticamente lo puedo hacer, pero civilmente dicen que no por que dicen que solo poseo un 25% i que modifico la fachada i la estructura, por otra parte en la escritura me dice que puedo hacer toda clase de obras de mantenimiento i mejora. Así como la transformación del jardín en toda la superficiesobre la cual se eleva la construcción tal, i como resulta la escritura de obra nueva y propiedad horizontal...
¿Necesito igual la autorización o de los vecinos?
Gracias
Entonces en lo que respecta al Ayuntamiento lo tienes bien, no podrían empapelarte o, en su caso, podrías salir airoso en un contencioso administrativo, así que no creo que te vanyan a hacer nada, seguramente han intentado presionarte un poco a ver si cedes y les evitas un lío, porque estas cosas acaban con una fila de vecinos protestando ante el Ayuntamiento por la licencia.
En su caso, con ayuda de un abogado, podrías intentar sacar la licencia en el contencioso administrativo solicitándola y recurriendo la denegación.
Otra cosa es en relación a la Comunidad de Propietarios, hay que ver si el aprovechamiento urbanístico que te permite la ordenanza te corresponde a ti personalmente o al conjunto de los propietarios, en cuyo caso estarías apropiándote de una edificabilidad por la que te podrían demandar.
Respecto a lo que pueda poner en tu escritura el mantenimiento y la mejora no implican aumento de la construcción y la transformación del jardín se realiza plantando otras plantas distintas, si quieres interpretar lo que pone en la escritura a tu favor adelante, pero un juez puede hacer una interpretación más restrictiva.
Entre otras cosas tendrías que demostrar, con un informe técnico, que la obra que vas a realizar no afecta a la estructura del inmueble, y casi mejor que fuese desmontable, con lo que podrías alegar que es un mueble, sí se podrían interpretar de lo que pueda poner en tu escritura (que no conozco), que las obras de transformación del jardín permitiróan la ejecución de alguna solera o pavimentación de una zona, la instalación de un elemento desmontable sobre ella te permitiría un margen de defensa ante una acción por parte de la comunidad.
Gracias jose, pero la conclusión seria que lo podía hacer según la normativa del ayuntamiento pero no por que modifico la estructura y la configuración, amas de no tener derecho a vuelo
lo de hacerlo desmontable no, seria de obra, i con fonamientos .
Así pues i aquí ja acabo, ¿legalmente lo podría hacer sin el consentimiento de mis vecinos?
Posiblemente No, es una posibilidad que si lo intentas pleiteen, por eso te indico la conveniencia de hacerlo sin apoyarte en la estructura existente y tocando lo menos posible, de forma que no afecte a lo común.
Ya te he contestado en la primera respuesta que en principio, y si haces lo que se suele hacer normalmente en estos casos, estás alterando estructura y fachadas, en consecuencia requiere autorización de la Comunidad.

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