Duda en art. 582 de C.Civil
Buenas tardes.
Tengo una duda a la hora de interpretar el mencionado art. Sobre servidumbre de luces.
La cuestión se refiere a la segunda parte del art. Cuando dice
Tampoco pueden tenerse vistas de costado u oblicuas sobre la misma propiedad, si no hay 60 centímetros de distancia.
El tema es que quiero abrir una ventana junto a una propiedad hasta la que hay 6 metros en linea recta (de la vista) pero a la izda. De la futura ventana existe una pared a 58cm. En linea recta con la mía.
Si mido desde mi futura ventana con el metro en oblicuo hasta que toca la pared del vecino pasa de 60cm. Pero si coloco el metro en perpendicular desde su pared hasta la mía hay 58cm.
¿Cuál sería la forma correcta de medirlo?
Gracias y saludos
Tengo una duda a la hora de interpretar el mencionado art. Sobre servidumbre de luces.
La cuestión se refiere a la segunda parte del art. Cuando dice
Tampoco pueden tenerse vistas de costado u oblicuas sobre la misma propiedad, si no hay 60 centímetros de distancia.
El tema es que quiero abrir una ventana junto a una propiedad hasta la que hay 6 metros en linea recta (de la vista) pero a la izda. De la futura ventana existe una pared a 58cm. En linea recta con la mía.
Si mido desde mi futura ventana con el metro en oblicuo hasta que toca la pared del vecino pasa de 60cm. Pero si coloco el metro en perpendicular desde su pared hasta la mía hay 58cm.
¿Cuál sería la forma correcta de medirlo?
Gracias y saludos
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Respuesta de Jose Manuel Anasagasti Etxeita
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