¿Tengo qué pagar el cierre de un aparcamiento?

Me encantaría me resolvieras un problema que tengo.
Te pongo en situación. Somos dos bloques de viviendas con dos portales cada bloque, total somos 36 vecinos. Por los laterales y parte trasera tenemos una zona donde actualmente aparcan los coches tanto nuestros como de cualquier vecino de los alrededores, o sea, el primero que coge el hueco libre. La intención es cerrar por las bravas a la espera de como actúen el, el vecino-constructor, y que sea ya nuestro para poder así aparcar solo los propietarios de dichas casas. Los terrenos tienen dueño, un vecino que fue el que en su día las construyo. Como te he dicho en ese solar se aparcan los coches y nunca se ha opuesto el vecino-constructor, pero tampoco quiere cedérnoslo, situación que nos ha llevado a interponerle una demanda que estamos a la espera de la sentencia.
El viernes pasado tuvimos una reunión todos los vecinos de los cuatro portales, se hizo una votación para cerrar de forma que no tengan acceso los que no viven en dichas viviendas. Yo y otros pocos no nos interesa tener ningún aparcamiento puesto que no tenemos coche y si no nos interesa tener ningún aparcamiento no nos interesa el problema del cierre, por mi parte pueden hacer lo que quieran, no lo utilizare nunca. El cierre sale a pagar cada vecino 600 euros, pero yo me pregunto,.. ¿para qué voy a pagar nada si no quiero cerrar porque no quiero aparcamiento?
Lo que quieren hacer sé que no es legal, pero si lo fuera mi pregunta es la siguiente: Es legal, es obligatorio que entren todos los vecinos en el pago del cierre aunque digas que no te interesa, ¿o solo tengan que hacerse cargo aquellos que quieren llevarlo a cabo porque están muy interesados en tener su aparcamiento? Es decir, ¿tengo qué pagar los 600 euros como todos o yo al decir que no me interesa no tengo que entrar en el pago? ¿Estoy obligado a pagar o solo deben hacerlo aquellos que disfrutaran del aparcamiento?
Se que es mucho atrevimiento por mi parte, pero te rogaría que me contestarías lo antes que tu puedas pues tengo reunión dentro de muy pocos días y quiero saber a que atenerme.

2 respuestas

Respuesta
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Se presentan dos elementos que es necesario analizar con detenimiento:
El primero tiene que ver con la parte legal del asunto puesto que "nadie esta obligado a vender, si no quiere vender". El tema de que ese predio es o no de la copropiedad se puede constatar en los planos, el reglamento y las escrituras de la copropiedad. En caso de que allí no este relacionado ese espacio indica que no es de ustedes y por lo tanto no pueden disponer de el para usufructo propio.
El segundo elemento es que si en los reglamentos de tu copropiedad están relacionados esos predios como "área común" es de obligatorio cumplimiento el aporte para hacer las adecuaciones respectivas y garantizar la seguridad de ser utilizado por los residente de tu copropiedad en forma exclusiva.
Así todos determinen pagar la cuota para adecuar esos espacios, si no son propios y catalogados como zona común, están tirando su plata por el drenaje ya que el propietario de ellos, demostrando su pertenencia, puede hacer que hagan la demolición de lo que construyan y entablarles una demanda por "abuso de confianza"
Recomendación:
1. Buscar en los planos, escrituras y reglamentos de la copropiedad sobre estos espacios... si existen como propiedad de ustedes, su comunidad, estaban en mora de hacer las adecuaciones... si no están discriminados esos terrenos como de la comunidad no deben apropiarse de ellos. Claro esta que cada uno puede invertir "en ensillar y montar su propio caballo o comprarle montura nueva al caballo del vecino para que éste lo monte".
Independientemente que uses esos espacios o no nadie te puede obligar a ir contra el ordenamiento jurídico para "robarle al vecino un espacio que no les pertenece" y mucho menos aportar dinero para que otro lo haga a nombre tuyo.
2. En la próxima reunión de vecinos plantea estos argumentos y si aún persisten en esa idea por favor haz constar en el acta de la reunión estas razones pidiendo ser eximido de las sanciones legales por robarse el terreno del vecino y que no cohonestaras con el delito aportando un solo denario para que se infrinja la ley de propiedad.
Hola, ¿te estoy muy agradecido por tu contestaci?n y creo que por mi parte no te di los suficientes datos, ¿quiz? Es porque no los había y ahora parece que si.
Me explico. La demanda fue interpuesta por toda la comunidad por haber sido asesorados en esa forma por un abogado. ¿Parece ser que los due? ¿Os de los terrenos lo han pensado mejor y no quieren seguir con m? Es pleitos, por lo que todo hace pensar que el terreno lo cederá a los vecinos, o sea, nosotros.
Ahora bien, mi pregunta es la siguiente. Suponiendo que los terrenos los ceda su dueño, ¿por qué todo hace pensar que ceder?n los terrenos, ¿algunos vecinos ya est?n pensando en el cerramiento, ¿antes qué pensar quienes est?n interesados en tener una parcela para su coche en dichos terrenos. Los hay que quieren (¿la mayor?a) Y los que no quieren tener plaza de coche. La pregunta ahora es la siguiente. ¿Si se hace una votaci? ¿n para ver quienes est? ¿n interesados en cerrar para as? ¿Tener aparcamientos, solo tendr? ¿an la obligaci?n de acarrear con los gastos de las obras los interesados (que son mayoría) o todos los vecinos, ¿tengan coche o no?
En una palabra, ¿esta situaci?n es igual que la de los tejados, ¿qué todos est?n obligados a pagar los gastos o por el contrario, ¿en este caso solo tendr? ¿n qué pagar aquellos que est? ¿n interesados en una plaza de coche?
Te quedo sumamente agradecido de antemano
Alejandro
Si legalmente esos terrenos llegan a ser de la comunidad se consideran "zona común" y, al igual que los tejados o los cimientos de los edificios, los costos de sus reparaciones/adecuaciones serán asumidos por todos los vecinos de acuerdo al coeficiente de copropiedad que represente su casa/apartamento para la copropiedad.
En conclusión debes aparotar la cuota para hacer esa adecuación, independientemente de que vayas a usar ese espacio o no.
Respuesta
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Si te he entendido bien, el terreno no es de los vecinos, por lo que difícilmente veo que legalmente se pueda cerrar, si el propietario del solar no da su consentimiento, si como dices esta en los juzgados, la comunidad deberá esperar al resultado pues si resulta que se cierra y luego el juez da la razón al propietario todo lo construido sera en vano.
Yo lo que haría sería votar en contra del cierre, hasta que no salga sentencia y difícilmente pueden obligarte al pago de algo que de momento es ilegal.
La ley obliga a todos los propietarios al pago de los gastos generales, en el hipotético caso de que el terreno fuese vuestro, y se adoptará el pago por las mayorías reglamentarias habría que ver si te puedes acoger al artículo 11 de la ley de propiedad horizontal, que dice:
-Cuando se adopten válidamente acuerdos para realizar innovaciones no exigibles y cuya cuota de instalación exceda del importe de 3 mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado.
Hola, ¿te estoy muy agradecido por tu contestaci?n y creo que por mi parte no te di los suficientes datos, ¿quiz? Es porque no los había y ahora parece que si.
Me explico. La demanda fue interpuesta por toda la comunidad por haber sido asesorados en esa forma por un abogado. ¿Parece ser que los due? ¿Os de los terrenos lo han pensado mejor y no quieren seguir con m? Es pleitos, por lo que todo hace pensar que el terreno lo cederá a los vecinos, o sea, nosotros.
Ahora bien, mi pregunta es la siguiente. ¿Viendo qué todo hace pensar que ceder?n los terrenos, ¿algunos vecinos ya est?n pensando en el cerramiento, ¿antes qué pensar quienes est?n interesados en tener una parcela para su coche en dichos terrenos. Los hay que quieren (¿la mayor?a) Y los que no quieren tener plaza de coche. La pregunta ahora es la siguiente. ¿Si se hace una votaci? ¿n para ver quienes est? ¿n interesados en cerrar para as? ¿Tener aparcamientos, solo tendr? ¿an la obligaci?n de acarrear con los gastos de las obras los interesados (que son mayoría) o todos los vecinos, ¿tengan coche o no?
En una palabra, ¿esta situaci?n es igual que la de los tejados, ¿qué todos est?n obligados a pagar los gastos o por el contrario, ¿en este caso solo tendr? ¿n qué pagar aquellos que est? ¿n interesados en una plaza de coche?
Te quedo sumamente agradecido de antemano
Alejandro
La jurisprudencia en este caso te dice que puedes amparte en el artículo 11 de la Ley de propiedad horizontal, " Ningún propietario podrá exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble. Cuando se adopten válidamente acuerdos de este tenor y cuya cuota de instalación exceda del importe de 3 mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota.
Esto quiere decir que si tú votas en contra y te acoges a este artículo no podrán obligarte a pagar la derrama.
No obstante y aunque no sea tú pregunta, has pensado que si se tiene aparcamiento vinculado a la vivienda, esta incrementa su valor, y si sólo son 600 euros a mi parecer merece la pena, claro esto que esto solo es una apreciación personal.
Por otro lado, cuando asistas a la reunión enterate bien de como va a ser la donación del constructor, puesto que hay que pagar los tributos y esto si que lo tendría que pagar la comunidad al completo.

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