Reparto de gastos comunidad

En nuestra comunidad veníamos pagando parte de los gastos según coeficiente y parte de los gatos (limpieza, luz escalera y otros) a parte iguales pues así lo establecían los estatutos de la comunidad (del año 1980). Ahora un vecino alega que según la nueva ley todos los gastos tienen que pagarse por coeficiente y que los estatutos al no estar adaptados a la nueva ley no valen ¿es esto así?
GRACIAS y reciban un saludo cordial

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1
Para que los estatutos tengan validez ante terceros (personas que adquirieron el piso después de la toma del acuerdo en estatutos) tienen que estar elevados en el registro de la propiedad-
Si hay personas que compraron el piso después y los estatutos no están publicados en el registro se pueden acoger a lo que pongan la escritura de división horizontal que suele ser todo por coeficientes, tendrían que consultarla en el registro de la propiedad pidiendo copia simple no es muy cara o en su misma web.
Si los estatutos están publicados en el registro para cambiarlos hace falta la unanimidad de los vecinos en virtud del artículo 17.1 LPH.
914254481/626764724
Muchas gracias por la respuesta, nuestros estatutos si que están registrados en el registro de la propiedad. Mi pregunta es si con la ley actual es posible que haya gastos que se paguen a partes iguales como los gastos de limpieza de escaleras o ascensor porque así esta establecido en los estatutos que se aprobaron en el año 1980. Y si haciéndolo así estamos amparados por la ley.
Muchas gracias de nuevo
A menos que ustedes estén en Cataluña que allí hay otra ley (que desconozco) lo que ponga en los estatutos si no hay acuerdo posterior en contra va a misa.
914254481/626764724

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