Cuotas pendientes anterior inquilino comunidad

He visto que han contestado una consulta parecida a la mía en todoexpertos. Es por lo que me gustaría que me resolviesen la mía si son tan amables.a
He adquirido una vivienda mediante subasta pública, ¿ayer fue la primera reunión de la comunidad a la que asisto en la que el anterior propietario debe 570?. El caso es que cuando se me dio el piso este fue libre de cargas grabamenes e inscripciones.
Yo he argumentado que según la ley de la propiedad horizontal, cuando una persona vende una finca, en notaría deben de presentar el vendedor la deuda de la comunidad si la ubiere, excepto deseo expreso del comprador. En mi caso, el vendedor en este caso el desahuciado lógicamente no iva a ir al juzgado ni al registro a que se le reconociese esa deuda, por lo que debería de haber la presentado la comunidad de propietarios. Como esta tampoco lo hizo, yo me quiero agarrar a eso y al articulo 134 de la ley hipotecaria que dice lo siguiente: "El testimonio del decreto de adjudicación y el mandamiento de cancelación de cargas, determinarán la inscripción de la finca o derecho a favor del adjudicatario y la cancelación de la hipoteca que motivó la ejecución, así como la de todas las cargas, gravámenes e inscripciones de terceros poseedores que sean posteriores a ellas, sin excepción, incluso las que se hubieran verificado con posterioridad a la nota marginal de expedición de certificación de cargas en el correspondiente procedimiento."
¿Cómo ven ustedes el asunto?

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El problema es que la ley de la propiedad horizontal es clara y establece que el comprador debe hacerse cargo de las deudas comunitarias del año de la compra y del anterior en virtud del Art. 9.1 e) en su tercer párrafo.
Cuando se le dio el piso estaría libre de cargas registrales pero si usted pregunta en la comunidad de donde viene el origen de esa deuda de 570 euros verá que son muchas mensualidades o de una derrama anterior a su compra, lo que debe verificar es que su obigación se limita al año de la compra y al anterior las deudas anteriores deben reclamárselas al anterior propietario.
La comunidad no tiene obligación de presentar nada de hecho es más que probable que ignore la transmisión del piso, la obligación es del vendedor y del notario, y también subsidiariamente suya que tenia que haber solicitado el certificado de estar libre de cargas comunitarias.
Debe pagarlo y la única solución es reclamárselo al anterior propietario es posible que esta deuda se haya contraído por el banco hasta que haya vendido el piso.
Muchas gracias por la pronta respuesta.
También me han comentado que el anterior propietario esta metido en el juzgado por la comunidad. En tal caso, cuando el juzgado dicte resolución, ¿quién tendrá que pagar? El anterior propietario, ¿qué es a quien denunciaron en su día en el juzgado o yo que soy el actual propietario del inmueble?
Evidentemente si le cobran al anterior propietario no procede que le cobren también a usted, hable con ellos y dígales que como la deuda es del anterior propietario y está en vía judicial cuando haya resolución en caso de no cobrarle es cuando deberían reclamársela a usted, a ver si cuela. Si tienen administrador entiendo que hará lo posible por cobrar lo antes posible y lo más fácil es a usted.
Dígales que no se niega a pagarlo pero que lo lógico es esperar a la resolución judicial puesto que la deuda no es suya y ya esta reclamada.
Muchas gracias por las respuestas, ademas de muy buenas han sido muy rápidas, por lo que se lo agradezco doblemente.
Le pongo el máximo de puntuación, y no le pongo más porque no se puede, sino se lo pondría.
Saludos!

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