AA en zonas comunes

Soy constructor y el propietario de una vivienda del edificio que estamos rehabilitando nos ha propuesto lo siguiente:
El techo de su vivienda debe quedar visto ya que es de vigas de madera así que, por un tema estético, nos ha propuesto realizar la instalación de la unidad interior de su sistema de Aire acondicionado utilizando el falso techo del rellano de la escalera del edificio (en zonas comunes).
El edificio es una nueva promoción por lo que aún no existe escritura de constitución ni división horizontal. Además se da la circunstancia de que es el único propietario que, e momento, tiene comprado un piso.
¿Es esto posible o está prohibido?
¿Se permitiría si se reflejara la servidumbre en las escrituras una vez realizada la división horizontal?

2 respuestas

Respuesta
1
Al no estar redactado el Titulo Constitutivo, creemos que sería posible reflejar la servidumbre. Lo que le aconsejamos es inscribirlo en el registro de la Propiedad, para que ningún propietario, ni ningún tercero, pueda alegar ignorancia de dicha servidumbre.
De todas formas, opinamos que sería conveniente que consultase el tema con un notario.
Respuesta
1
Todas las derivaciones individuales tienen que ir dentro da la vivienda. Si van por fuera se consideran comunes y por tanto pueden enganchar cualquier vecino que quiera de ahí sin que lo pueda prohibir el dueño.
No se puede reflejar en nninguna escriturra ya que si es una zona común supongamos 4 vecinos por planta un vecino saca un tubo grande otro otro más grande el tercero otromas grande y al final no hay espacio en el falso techo para el cuarto vecino . es una incongruencia
Yo también pienso que no es recomendable, lo que pasa es que me temo que si puede ser posible.
¿No se podría solucionar creando una servidumbre en el titulo constitutivo? Hay que tener en cuenta que aún no se ha realizado la división horizontal.
Es que la servidumbre son para uso, no para instalaciones permanentes.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas