Trasteros ilegales

En mi comunidad se crearon unos trasteros en la zona perteneciente al tejado. Se hicieron unas separaciones y se pusieron unas puertas para que cada vecino tuviese su trastero. Es decir, se hicieron las divisiones una vez ya estaba terminado el edificio. Yo compro una vivienda en esta finca años más tarde. Me entero que los trasteros ya están asignados, y que mi vivienda no tiene asignado trastero, porque la planta donde esta ubicada mi vivienda inicialmente estaba destinada a local comercial y que posteriormente la inmobiliaria habilitó con 3 viviendas. De las tres viviendas de la planta solo una tiene trastero y las otras 2 no se pensó en ellos en la partición porque inicialmente iba a ser un local. Ademas de no tener trastero debo de sufragar los gastos ocasionados por ellos, ya que se metió luz en los trasteros y se paga en la cuota de la comunidad.
¿Qué opciones tengo de regularizar los trasteros? ¿Es posible que se pudiesen hacer de nuevo las divisiones? ¿Tengo qué asumir los gastos extras de la luz de esos trasteros?

1 respuesta

Respuesta
1
Su caso es bastante complicado, en primer lugar suponemos que se hicieron los trasteros y no se modificó el Titulo Constitutivo, con lo que dichos trasteros están asignados a algunos propietarios, pero no tienen cuota de participación. Habría que ver como se asignaron a los pisos o locales dichos trasteros, si se hizo algún contrato privado, si constó la adjudicación en acta, etc, etc.
En nuestra opinión Vd. debe participar en los gastos de las partes comunes de los trasteros, por ejemplo arreglo del tejado siempre y cuando los daños no hayan sido causados por culpa del propietario del trastero, pero no debe participar en los gastos de acometida y consumo de luz.
Le recomendamos que lo incluya en un punto de la orden del día de la próxima Junta de Vecinos y que se vote un acuerdo que le exima a Vd. de dichos gastos.
Para regularizar legalmente los trasteros habría que cambiar el Titulo Constitutivo y asignarles una cuota de participación, con lo que los propietarios que no tienen trastero tendrían menos participación que los que si tienen, el problema es que para modificar el Titulo Constitutivo es necesario acuerdo tomado por UNANIMIDAD en Junta de vecinos.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas