Tengo un trastero "ALEGAL" o ilegal

Mi caso es el siguiente, he adquirido un piso con una plaza de garaje en el sonato que es más grande que las demás, por ese motivo, el anterior propietario cerro parte de estácontruyendose un trastero de so hace ya unos 6 o 7 años.
El caso es que en mi primera reunión de la comunidad de ayer, en el punto del día de obras ilegales un vecino dijo que mi trastero lo quería fuera, ya que eso era una obra ilegal puesto que no estaba aprobada por la comunidad. Curiosamente, otra vecina tiene un problema con que su plaza de garaje esta justo alado del pasillo de ascensores y la gente la invade para entrar al pasillo arañando el coche sin querer. En este caso, si que le han dejado que levante un tabique o que ponga una alambrada para que la gente no pase por su plaza.
Mis preguntas: Si mi trastero esta construido dentro de mi porción de garaje, ¿pueden tirármelo?
Si a esta vecina se le ha autorizado a hacer esta obra porque a mi no se me permite mantener mi trastero, ¿entiendo qué debería de ser igual para todos los vecinos no?
También me han comentado que si la obra tiene más de 5 años y los vecinos no han denunciado antes, aunque parece ser que si estaba en acta que eso no lo querían el trastero.

1 Respuesta

Respuesta
1
Tanto a su vecina como a usted necesitan la autorización en junta de propietarios por unanimidad en virtud del art. 17.1 LPH
Ellos no pueden tirarlo pero si pueden exigirle que lo retire usted y si no lo hace denunciarle si la obra ya lleva 6 o 7 años lo previsible es que el juez valore si debe tirarlo o no, si fueran más de 15 años hubiera adquirido el derecho aun sin permiso de la comunidad al ser menos es posible que le haga retirarlo pero como le digo depende de la decisión del juez, si ya hay un acta anterior que establece que hay que retirar el trastero lo tiene muy complicado.
El problema de este tipo de construcciones ilegales es que si hay algún incendio o siniestro la compañía de seguros puede agarrarse a estas construcciones para no hacerse cargo del arreglo.
Muchas gracias por su respuesta.
En la junta todos los vecinos votaron a favor de que la vecina si lo levantase, excepto otro y yo, que por el cabreo que tenía encima voté que no, pero claro el administrador fijo que no sabia que esto debería ser por unanimidad y le dieron el visto bueno.
Pero mi pregunta es: si a la vecina lo levanta con el visto bueno de la comunidad y a mi no se me ha permitido mantener mi trastero... ¿podrá ella tener su cierre parcial de la plaza y yo tener que aguantarme sin mi trastero? ¿O al permitirle a ella hacer su cierre parcial yo también puedo dejar el mio en virtud a ese acuerdo? (Que por cierto se tomo en la misma junta) porque pienso que los acuerdos deben de ser igual para todos.
Por otro lado quieren poner toldos en el patio de luces, cosa que a mi que vivo en un primero no me sienta nada bien, ya que me quitarán luz solar. Este tipo de votación también ha de ser por unanimidad o si ellos tienen mayoría también me tendré que "joder" (con perdón de la expresión).
Es que creo que me han tomado por el pito de un sereno al ser el chaval más joven de la comunidad (tengo 25 años) y también creo que hay cierto recelo porque adquirí el piso en subasta publica y me he ahorrado 15 millones con respecto a lo que compraron muchos de ellos.
Si se le permite a la vecina con otro quorum diferente a la unanimidad también se le podrá permitir a usted por el mismo quorum, habría que ver la redacción del acta en el que se le permite a la vecina a ver si es la suficientemente genérico para que se le permita por ese mismo acta también a usted depende de la redacción, si está redactado específicamente solo para esa plaza habría que votar otro acuerdo para su plaza.
Para la instalación de toldos y su regulación colores... hace falta doble mayoría de cuotas y votos en virtud del art. 17.4 LPH
Si conoce la ley no le podrán tomar por el pito del sereno pero los acuerdos comunitarios requieren distintos tipos de mayoría y cuando ellos consigan la que necesitan solo le quedaría impugnar en virtud del art. 18 LPH
Me imagino que en el acta estará redactado para la vecina, puesto que lo pidió expresamente ella para su plaza, pero claro, ¿por qué tengo que pedirlo yo también supongo que un acuerdo si se toma será para todos igual no?
Gracias!
Añado algo de contenido a la anterior aclaración.
Al leer la ley de la propiedad horizontal que me has dejado en la respuesta anterior he visto esto:
Articulo 7.
1. El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.
En virtud a este articulo, ¿no podría modificar mi plaza de garaje haciendo en el fondo de esta el trastero en cuestión? Puesto que entiendo que el trastero no altera la seguridad del edificio ni la estructura general, ni su configuración o estado exterior (ya que es en el garaje) y tampoco perjudico los derechos de otro propietario, ya que al único que podría molestar es al que esta lindando con mi plaza y este me ha dado su aprobación.
Gracias por la ayuda compañero!
No es aplicable este articulo a la plaza ademas estaría modificando la estructura general de la plaza, y su configuración y estado exteriores.
No puedo decirle lo que quiere oír solo puede decirle lo que establece la ley.
Muchas gracias por todas las respuestas optimizo.
Sé que me tiene que decir lo que establece la ley, de echo se lo agradezco enormemente, lo que yo intento buscar es algún resquicio legal por el que pueda presionar a la comunidad a que dicho trastero se quede o en el caso de que me lleven al juzgado, intentar defenderme de la mejor manera posible.
¿Abría alguna posibilidad o argumento para que este se quedase?
Muchas gracias de nuevo.
Un saludo.
A priori lo único a lo que se podría agarrar es al tiempo que lleva construido y que no han solicitado que lo quiten pero si me dice que hay un acta anterior habría que verlo, es un tema complicado que sin toda la documentación en la mano no se puede ver el resquicio legal.
Debería solicitar todas las actas relativas al tema y con ello solicitar una consulta a un especialista si no conoce ninguno ponemos a su disposición nuestro departamento jurídico.
Perfecto,
Voy a solicitar todas las actas en las que se trate el tema, para así intentar mantenerlo. En cuanto a vuestro departamento jurídico. ¿Cuáles serian las tarifas? Yo soy de Motril, en granada. Lo digo en caso de que lleguemos a juicio no se si seria necesario que asistieran ustedes.
Muchas gracias.
Un saludo.
Cuando tenga las actas póngase en contacto con nosotros y le concertaremos si quiere una consulta telefónica para ver las opciones o busque un abogado de su zona que le pueda llevar el caso.
Mucha su
Por favor valore las respuestas para no tener que revisar las respuestas pendientes y así poder ser más ágiles tanto en sus futuras preguntas como en las de cualquier otro usuario.
914254481/626764724 914254481/626764724

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas