Limpieza de canalizaciones de agua

Sin normativa que lo exija ni anomalías que lo recomienden, a instancias de un vecino se incluyó en el orden del día, su deseo de limpiar las tuberías de agua, describió una situación catastrófica y consiguió que un 33,43% votara a favor, frente a un 32,93% que votamos en contra, otro vecino con un 11,43% se abstuvo.
Nuestra finca tiene sobre 20 años y los vecinos solo la usan en fines de semana y verano, las fincas cercanas tienen 30,40 o 50 años, con vecinos que residen desde siempre y nunca hemos sabido que tuvieran que limpiar tuberías ni que su suministro sea deficiente.
Desde los contadores, cada vivienda tiene su canalización individual. ¿Tenemos obligación los que votamos en contra de la citada operación? ¿Podemos acogernos al art 11, teniendo en cuenta que el coste es superior a tres mensualidades de gasto corriente?
Hay dos bajos comerciales que cuando se terminó la finca solo tenían el contador, la instalación la hicieron adecuada al uso que se hace de ellos, de forma ajena a la finca. ¿Se pueden considerar estas instalaciones, elementos comunes?
Gracias.

1 respuesta

Respuesta
1
Tal y como dice si la obra no es necesaria y su coste excede las tres mensualidades ordinarias se pueden acoger al art. 11 todos aquellos vecinos que votasen en contra y estuvieran ausentes, evidentemente esta negativa en el voto o ausencia tiene que figurar en el acta.
Del contador a a la vivienda o local de cada uno la instalación se suele considerar privativa.
Gracias a su información tendré argumentos para exponer al administrador y al vecino, pediré también a la Compañía de Aguas un informe sobre la calidad del agua.
Gracias de nuevo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas