Presidente de la Comunidad y Denuncia

¿Puede presentarse el presidente de una comunidad de propietarios ante el juzgado para denunciar o necesita contratar un agobado?

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Puede denunciar perfectamente pero si lo que quiere es para un monitorio (reclamar deuda a morosos) antes tiene que ser liquidada la deuda en junta y darle poderes al presidente.
Hay que tener en cuenta que cuando se va a un juzgado a denunciar es para conseguir algo, y lo mejor es asesorarse por un profesional porque aun teniendo razón se puede perder por un defecto de forma o plazo, en el caso de los morosos esos gastos de abogado y si fuera necesario procurador los termina pagando el moroso, en otros casos si la comunidad tiene razón el juez suele condenar en costas al que pierde y debe pagar esos gastos a la parte contraria.
Tengan cuidado no sea que pierdan y encima tengan que pagar los gastos de abogado y demás de la otra parte por no ir asesorados e intentar ahorrarse gastos que pudieran ser necesarios.

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