Reforma

Hola, vamos a hacer después de pasar la I.T.E., que ha sido favorable, unas reformas en el edificio, arreglar patio de luces, fachada posterior del edificio, tejado reponer tejas, y los arreglos que necesite, pues bien se acepto un presupuesto y pasado un tiempo poner una derrama extraordinaria que según el coeficiente de participación de cada vecino, de 2000 euros mi caso concretamente, para no tener que pedir financiación, pasado el tiempo que se había previsto un vecino ha dicho que no tenia el dinero, el presupuesto anterior se ha anulado, y se ha acordado ir haciendo los arreglos paso a paso e ir pagando según se vayan ejecutando, y para afrontar esto se ha acordado abonar una derrama de 100 euros ademas de los 30 que pagamos mensualmente, y sin fijar tiempo alguno de finalización de la derrama extraordinaria, me gustaría que me dijera si esto es legal, así como estar reformando sin precisar lo que se va a hacer, asimismo le comentaré que yo tengo un trastero que linda con el patio de luces y me da humedades, puesto que el trastero esta por debajo del nivel del patio a 1,70 metros, y en invierno cuando llueve el enfoscado se cae, por la humedad, les he comentado cuando tuvimos la ultima reunión, que incluyeran en los arreglos el trastero, si esto no es así me puedo negar a pagar derrama alguna para las mejoras si el trastero no esta incluido en ellas, y si no dígame el procedimiento que tengo que seguir para que se me arregle el trastero, gracias y perdone la extensión, reciba un cordial saludo.

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Los acuerdos adoptados válidamente en Junta de Propietarios constituyen el máximo orden de gobierno de una Comunidad, y por tanto deben ser respetados y llevados a cabo. Si, como parece, han acordado acometer unas actuaciones encaminadas al adecuado sostenimiento y conservación del inmueble, éstas deben incluir todos los elementos susceptibles de estar encuadrados en esta definición.
Lo que sí que recomendaríamos, a la vista de lo que nos comenta y según nuestro criterio, es que convocaran una nueva Junta que especificase las obras a acometer, su provisión de fondos y forma de pago en importe y tiempo, para de este modo incluir las reparaciones concretas y su impacto económico de una forma delimitada y consultable por cualquier vecino en un Acta, evitando así futuras reclamaciones al respecto.

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