Extintores Comunidad

Soy el presidente de una comunidad de propietarios, compuesta por seis viviendas, 2 por planta, con un sótano (garaje) y una azotea transitable, con cuartos lavaderos para cada vivienda.
La pregunta es, ¿es obligatorio tener contrato de mantenimiento de los extintores? O por el contrario no lo es, lo pregunto ya que teníamos un contrato por dos años y vence próximamente y quería saber si es obligatorio tener los extintores con las revisiones efectuadas y el certificado de que está todo ok.
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Los extintores deben pasar, por ley, revisiones trimestrales, anuales y cada 5 años. Las anuales y las de cada 5 años (retimbrados) tienen que hacerlas empresas autorizadas y lo más cómodo es tener un contrato de mantenimiento, pues ellos se encargan de ir cuando toca y tu te olvidas del asunto.

Así que mi recomendación es que si, que contrates a una empresa y que tengas todo conforme a la normativa.

Sobra decir que es muy importante cumplir con esta normativa para estar seguro que el extintor está en óptimo estado en caso de necesitarlo. Aquí tienes una web donde se explica lo fundamental que se necesita saber en cuanto a normativa de extintores https://www.extinguelo.com/normativa-extintores/ .

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Es obligatoria revisar anualmente los extintores y tener todas las revisiones en regla, pueden hacerlo con contrato de mantenimiento o simplemente revisandole los extintores y efectuando la carga, retimbrado o lo que proceda y pagando ese coste.
Si están en Madrid nosotros nos encargamos de gestionar todos los servicios de las comunidades y llegamos a acuerdos con distintas compañías de servicios para conseguirles los mejores precios al negociar con el volumen de nuestras comunidades, nos ponemos a su disposición.

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