Reclamar defectos de obra vpo

Somos una comunidad de vecinos que pertenece al instituto canario de la vivienda, el edificio costa de 9 portales uno sin edificar, solo los muros, y dentro de estos 8 portales hay bajos sin construir, los garajes tienen humedades(que según ellos son normales) y hay partes en la que se nota que lo hicieron deprisa y corriendo para entregarlas, hay grietas, bidones de las azoteas desconectados, las azoteas sin mantenimiento y un sin fin de cosas. Me gustaría saber como podríamos exigir todo este mantenimiento ya que es obra nueva, se nos entregaron en 2015, estando construidas desde el 2012. Hemos comunicado estos desperfectos pero siempre tiran balones fuera para ellos lavarse las manos y que seamos nosotros quien lo arregle. Ya pagamos una cantidad alta de comunidad y siendo viviendas sociales somos gente con pocos recursos

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La forma de reclamar es por medio de escrito fehaciente, en nombre de la Comunidad, dirigido a los responsables de la obra (promotor, constructor, arquitecto, etc.). En caso de que no atiendan a su petición, deberán reclamar por vía legal, para lo que necesitarán ponerse en manos de abogado.

No obstante, recuerden que los plazos de reclamación para defectos de la construcción son los siguientes:

- 1 año para defectos de acabado o estéticos

- 3 años para defectos de construcción que afecten a la habitabilidad, como pueden ser grietas no estructurales, humedades, etc.

- 10 años para daños estructurales, que afecten a la seguridad y estabilidad del edificio (cimientos, pilares, vigas, etc.)

Estos plazos empiezan a contar desde que finaliza la obra y no desde que es adquirida por el comprador. Por tanto, en su caso, si el final de obra es del 2012, los dos primeros plazos habrían vencido y sólo les quedaría la garantía de daños estructurales.

Por lo que se la empresa que hizo estas viviendas ya no existe, me parece injusto que cuente desde el 2012 desde mi punto de vista. También tenemos unos extintores con revisión del 2012 cuando deberías estar revisados hasta el 2015, es decir dar las casas con los extintores en regla. El caso es, ¿quién nos podría hacer un informe detallado de todo esto? ¿Habría que contratar a alguien? Nos parece injusto que personas con bajos recursos tengamos que gastar dinero en cosas que no se han hecho bien desde el principio

"Por lo que se la empresa que hizo estas viviendas ya no existe"

Por eso es obligatoria la contratación de un seguro decenal de la construcción. A pesar de que el constructor ya no exista, sí hay contratada una póliza que cubre las garantías mencionadas. Si no saben cuál es, consulten en el Registro de la Propiedad, porque estará junto con la documentación de su Comunidad.

"Me parece injusto que cuente desde el 2012 desde mi punto de vista"

La garantía empieza cuando finaliza la obra, y el plazo de la misma es de 10 años. Por tanto, del 2012 al 2022:

- 2012-2013: defectos de acabado

- 2012-2015: defectos de construcción no estructurales

- 2012-2022: defectos estructurales

Los extintores deberían haber sido entregados con las inspecciones obligatorias al día, en efecto. Pero eso deberían haberlo reclamado en el 2015. A partir de esa fecha, las inspecciones ya corren a cargo de la Comunidad. Si a día de hoy no tienen los extintores revisados, no pueden reclamárselo al anterior propietario.

"¿Quién nos podría hacer un informe detallado de todo esto? ¿Habría que contratar a alguien?"

Si quieren que alguien les redacte un informe, les aconsejo que contacten con un arquitecto.

De todos modos, antes de gastar dinero en ello, les aconsejo que hablen con un abogado especialista en construcción, por si ve alguna posibilidad de reclamar con garantías.

Como le decía antes, hay unos plazos que han expirado. Salvo que lo que pretendan reclamar sean daños estructurales (daños extremadamente graves, que comprometan la estabilidad del edificio), creo que tienen pocas posibilidades de éxito.

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