Propiedad terraza vivienda protección oficial
He comprado una vivienda de protección oficial cuyo precio se había liberado pero que queda sujeta a la normativa de protección oficial, hasta el 2024.
El caso es que es un ático y tiene una buena terraza a la que solo puedo acceder yo y de cuya impermeabilización hasta la fecha se había ocupado la comunidad de vecinos. Realmente la impermeabilización es una pintura asfáltica que hay que repintar cada año.
Ahora de repente me dice el presidente de la comunidad que la terraza es en realidad de mi propiedad por lo que soy yo el que debe impermeabilzarla y ocuparse de los desperfectos, aparte de la limpieza que de eso ya me ocupaba yo.
En mi escritura no habla de la terraza por ningún lado y la superficie construida y úitl coinciden estrictamente con lo construido, es decir que no incluye ninguna superficie por la terraza.
Lo que me dicen es que en la descripción del lindero de la vivienda que da con la terraza dice:
- Al Sur, con vuelo de la Calle Primera Paralela.
Me dicen que como el lindero de mi vivienda es con la calle entonces la terraza que está en medio es de mi propiedad.
A mi esto me parece raro porque creo que el lindero debía de haber puesto que la vivienda linda con el vuelo del edificio o con la terraza y no con el vuelo de la calle. Pero no obstante no sé si porque el lindero esté así definido la terraza se incluya en mi propiedad. A mi me parece que si la terraza fuera propiedad mía y no comunitaria debería estar incluida en la escritura de alguna manera más obvia.
No sé si en las viviendas de protección oficial hay alguna normativa que diga que las terrazas son propiedad comunitaria que sería lo más normal
El caso es que es un ático y tiene una buena terraza a la que solo puedo acceder yo y de cuya impermeabilización hasta la fecha se había ocupado la comunidad de vecinos. Realmente la impermeabilización es una pintura asfáltica que hay que repintar cada año.
Ahora de repente me dice el presidente de la comunidad que la terraza es en realidad de mi propiedad por lo que soy yo el que debe impermeabilzarla y ocuparse de los desperfectos, aparte de la limpieza que de eso ya me ocupaba yo.
En mi escritura no habla de la terraza por ningún lado y la superficie construida y úitl coinciden estrictamente con lo construido, es decir que no incluye ninguna superficie por la terraza.
Lo que me dicen es que en la descripción del lindero de la vivienda que da con la terraza dice:
- Al Sur, con vuelo de la Calle Primera Paralela.
Me dicen que como el lindero de mi vivienda es con la calle entonces la terraza que está en medio es de mi propiedad.
A mi esto me parece raro porque creo que el lindero debía de haber puesto que la vivienda linda con el vuelo del edificio o con la terraza y no con el vuelo de la calle. Pero no obstante no sé si porque el lindero esté así definido la terraza se incluya en mi propiedad. A mi me parece que si la terraza fuera propiedad mía y no comunitaria debería estar incluida en la escritura de alguna manera más obvia.
No sé si en las viviendas de protección oficial hay alguna normativa que diga que las terrazas son propiedad comunitaria que sería lo más normal
Respuesta de dixen_eu
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