¿Se puede decidir el reparto de la indemnización a Comunidad de vecinos a votación?

Acabamos de ganar una demanda a la constructora del edificio por problemas de termitas y desperfectos en la finca y daños morales. En la sentencia se especifican dos conceptos una partida por daños y otra por daños morales.

En la sentencia no se especifica cantidades especificas por vecino si no una cantidad global. Hasta ahora todo se ha pagado por coeficiente, de hecho yo que no he tenido problemas en mi casa, he tenido que pagar mas por todo (informes, obras...) que los vecinos afectados directamente.

Ahora los vecinos que tuvieron apuntaladas sus viviendas reclaman mayor indeminzación por daños morales y pretender aprobarlo en una junta de vecinos. ¿Esto se puede hacer?

¿No debería ser el reparto por coeficiente?

Yo en una junta anterior a la sentencia propuse pagar todo a partes iguales y se negaron alegando que eran daños del edificio no de sus viviendas y ahora pretenden hacer distinciones entre vecinos mas y menos afectados

Respuesta
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Si la demanda se presentó como Comunidad, y no como propietarios individuales, entiendo que lo obtenido como indemnización, debe repercutir en los vecinos al igual que lo hacen los gastos, es decir, por coeficientes.

Un saludo.
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La demanda se presento como comunidad y todos los gastos se han ido pagando por coeficiente, el tema es que ahora unos vecinos reclaman mas cantidad por daños morales por haber tenido apuntaladas sus viviendas, pero no se planteo nada antes de presentar la demanda.

muchas gracias

Si la demanda se presentó conjunta, lo obtenido es una ganancia de la comunidad. Y como le indico, si los gastos van a coeficiente, los ingresos también. Si tuvieran un local alquilado, ¿cómo se repartirían los gastos? A coeficientes. De igual ocurre con la indemnización, y más aún cunado en la sentencia no se relaciona ninguna lista de prelación entre viviendas, es decir, no se indica si una vivienda u otra ha de ser más o menos indemnizada.

Otra cosa es que los vecinos más afectados quieran otro tipo de reparto. Esto únicamente se podría adoptar si se celebra una junta y toda la comunidad lo acepta por mayoría, pero a falta de este acuerdo, debe repartirse por coeficientes.

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Para el reparto se tiene que tener en cuanta como se hubiera pagado si sale la sentencia negativa

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