Estatutos de propiedad de vecinos

Es obligatorio, ¿tener un estatuto en una comunidad de vecinos?
¿Si no se tiene que es lo que rige por ejemplo a la hora de pagar los gastos de escalera?
Espero su respuesta muchas gracias y perdone las molestias

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No es obligatorio de hecho para que tenga validez hay que inscribirlo en el registro de la propiedad y los gastos notariales y registrales suelen ser elevados.
Si no hay estatutos, que es lo normal, se deben regir por la ley de propiedad horizontal y en la escritura de división horizontal de la comunidad es donde se establecen las cuotas de participación de cada vivienda o local en base a las que se calcularan las cuotas.
Esta escritura puede consultarla en el registro de la propiedad de su localidad pedir copia suele costar menos de 10 euros.
En caso que quieran cambiar este criterio de reparto hace falta unanimidad en virtud del art. 17.1 LPH

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