Pago de comunidad por parte banco

buenos días tengo dos preguntas:

nuestra comunidad tiene 49 viviendas de ellas unas 35 no están vendidas, las tiene el promotor, en las votaciones de la comunidad tiene tantos votos como pisos o sólo tiene uno, es lo que tengo entendido pero por más que busco no encuentro la ley ni el artículo que dice eso.

la segunda pregunta, en caso que el banco se quedara con los pisos del promotor por falta de pago tendría que pagar el banco la comunidad? O está exento de ello.

Muchas gracias

1 Respuesta

Respuesta
1

El banco deberia hacerse cargo tanto de las cuotas de la comunidad como si hubiera pendientes las del año de la transmision y el anterior en virtud del art. 9.1 e LPH.

Le agradezco la explicación, mi otra pregunta es si en una reunión de comunidad el promotor dueño de 30 viviendas tiene 30 votos o sólo 1, tengo entendido que el promotor tiene derecho a 1 voto pero tiene que hacer frente a los pagos de comunidad de las treinta viviendas

Gracias de antemano

Tiene un solo voto pero para las votaciones se computa también los coeficientes debe haber las mayorías establecidas en el art. 17 LPH tanto de votos como de cuotas, si bloquea las decisiones de la comunidad pueden ir a juicio de equidad no hace falta abogado y el juez les dará la razón por abuso de intentar dominante.

De todos modos si no ha pagado las cuotas es moroso y no puede votar art. 15.2 LPH, con lo que pueden denunciarle ademas por el procedimiento monitorio Art. 21 LPH y el juez le obligara a pagar, creo que necesitan un administrador con urgencia.

Si están en Madrid llevamos varias comunidades con problemas similares y hemos sido capaces de solucionarlos.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas