Instalación aires acondicionados.
Expongo mi caso a ver si veo algo de luz porque por mucho que me leo la ley no lo tengo claro:
El local de abajo quiere instalar 6 aires acondicionados que en un
principio quiso ponerlos en el pasillo donde se accede a los portales de
la comunidad sin previo aviso y sin pedir permiso a la comunidad. Por
supuesto, con los técnicos y las máquinas allí, se le negó la
instalación de la mismas ya que no tenían permiso de la comunidad. Ellos
alegaron que querían ver las actas de las juntas donde se pedían la
instalación del otros aires acondicionados de otros vecinos, parece ser,
que no las hay excepto un vecino pero no quedó reflejado en ningún
acta por despiste del administrador. Los propietarios de local alegaron
que sería un agravio comparativo si no se le dejaba instalar los aires
acondicionados y nos advirtió que o ponía los suyos o quitábamos el
resto. Se hizo una junta ( a la que no puede asistir, por lo que que no puede votar en contra para ver dónde podían instalar las máquinas y se acordó que se instalaran en la fachada exterior (debajo de mis ventanas). No obstante, parece
ser que no quieren instalarlo ni en el tejado, donde actualmente tienen
una máquina centralizada de aire acondicionado monstruosa por el ruido que
hace, ni en la fachada exterior, donde se le ha concedido el permiso.
Ahora lo quieren instalar en un patio exterior sin acceso donde se
encuentran mis ventanas, a 3 metros aproximadamente. He consultado la normativa municipal y dice que no se podrá instalar máquinas a 3 metros cerca de una ventana ni sobrepasar 50db.
¿Mis preguntas son las siguientes? ¿Pueden obligarme a quitar mis splits si se le niega la instalación en el patio? (He de decir que los split ya estaban puestos cuando compramos la casa) Puedo alegar que harían demasiado ruido ya que entiendo que no sería 50 decibelios sino más al ser 6 máquinas, sería mucho más( son oficinas por lo que estaría todas a la vez encendidas).