Reclamación por desperfectos en vivienda
He reclamado a la promotora (emvs en Madrid) por un desperfecto en mi vivienda (nueva construcción) pero me lo han denegado por estar fuera de plazo. Sin embargo de acuerdo con el apartado c) del capítulo II, artículo III de la Ley de Ordenación de Edificación,
relativa a los requisitos básicos de la edificación, mis reclamaciones son relativas a la habitabilidad (ventana descuadrada y se cuela aire) por lo que el plazo disponible para reclamar es de tres años, y no de uno como me indican.
Voy a denunciarlo por la via administrativa y quizas civil (en este caso creo que pagando un arquitecto para qhe me hagan un peritaje). Además de entregar la carta de reclamación en la Delegación de Vivienda, ¿debería comunicar la denuncia a la constructora o a algún responsable más?
Espero haber sido claro con la pregunta y muchísimas gracias por su atención