Llave del contador de electricidad

Tengo una segunda vivienda de uso vacacional. La mayoría del tiempo hay muy pocos vecinos por este hecho. He tenido problemas con mis fusibles del contador de electricidad y como no tengo las llaves del cuarto del contador no he podidi acceder a él. Mis preguntas son las siguientes: ¿Tengo derecho a tener esta llave? En caso de que no, ¿qué pasa si un día tengo problemas y el presidente no está en edificio y vive en otra ciuda? ¿Me quedo sin electricidad hasta que él venga? ¿Tiene la obligación de venir lo antes posible?

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Hay que intentar reconducir las aguas al cauce en vez de sacarlas de él.
El presidente de una comunidad, por cuestiones de lógica, ha de vivir en la misma, porque en caso contrario no podría ejercer sus funciones como marca la Ley de Propiedad Horizontal, pero si se ha acordado la junta de propietarios, que puede ser cualquiera viva o no en el inmueble, la lógica impone que en quien recaiga el cargo de vicepresidente sí tenga que ser una persona que viva en la finca permanente, precisamente para atender a las contingencias que usted señala, o imagínese algo más grave como una fuga de agua.
Derecho a tener las llaves no lo tiene ningún vecino salvo la excepción del presidente de la comunidad, más que nada por cuestiones de seguridad, porque nunca pasa nada hasta el día que ocurre, evidentemente.
Plantee antes de la celebración de la próxima junta de forma escrita que se incluya en el orden del día esa posibilidad que le apunto, o en su defecto, nombrar un Administrador pero ello supondrá más gasto y que se pueda localizar o no a esa persona.
En cualquier caso, si lee usted su contrato de suministro de energía eléctrica, le están facturando una cantidad por mantenimiento del mismo. Si falla, avise a la compañía que para eso paga mes a mes.
Ruego cierre la pregunta y valore

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