Qué obligaciones tiene un administrador de fincas
Somos una familia propietaria de una parcela en una localidad de Sevilla, la cual se encuentra situada en una urbanización.
Esta urbanización no es un recinto privado, la mayoría de los servicios y mantenimientos los presta el ayuntamiento (recogida de basuras, etc) o los servicios de las compañías de la electricidad o telefonía. No tiene elementos comunes para mantener (ni piscinas, ni pistas deportivas, ni nada por el estilo) sin embargo existe una comunidad de propietarios desde que se urbanizó la zona que cobra una cuota por unos supuestos servicios y mantenimientos, escudándose en que en el momento de la compra del terreno se firmó en el documento de compra-venta una aceptación de estatutos de la comunidad de propietarios (que no se adjuntó y que hoy en día son totalmente abusivos).
Asimismo, dado que no residíamos en Andalucía, la comunidad ejecutó sin comunicarlo las obras de una calle en la que ocupó primero 200m2 y después 200 más de nuestra parcela con el fin de comunicar la zona legal de la urbanización con una segunda fase ilegal, que se ha construido sin proyecto de urbanización y que el suelo que ocupa no está clasificado como urbanizable. No fuimos advertidos de este hecho, y mucho menos indemnizados.
Tenemos una sentencia judicial, fruto de una demanda planteada, en la que se corrobora la merma de superficie de la primera fase de las obras, pero en la cual, inexplicablemente, el juez no plantea ningún sistema para recuperar dicha superficie o para ser indemnizados. En el año 2006, se volvió a ampliar dicha calle reduciéndose 200 m2 más nuestra propiedad, obras que se realizaron por la vía de los hechos consumados, sin licencia municipal y sin técnicos facultativos de la misma.
Desde hace unos años, desde antes de la segunda intervención en nuestra parcela, la comunidad está gestionada por un administrador de fincas, el cual desoye nuestras peticiones (devolución del terreno, indemnización por la perdida del mismo), aparte de que nos cobra y demanda judicialmente para el pago de las cuotas de comunidad correspondientes a la totalidad del terreno, superficie de la calle incluída (400 m2 de un total de 2400m2) con lo cual, como es lógico estamos en total desacuerdo.
El administrador se escuda en que en el registro de la propiedad, nuestra parcela consta de 2400m2, y eso es lo que nos cobra, aunque conoce de forma detallada el problema, porque le hemos aportado toda la información, mediciones, sentencias, etc
¿Qué obligaciones tiene el administrador de fincas? ¿Tiene qué resolver los problemas que nos afectan? Se justifica diciendo que él sigue las indicaciones del presidente de la comunidad y que por parte del mismo no hay voluntad de solucionar nada.
Les agradecería enormemente una orientación. Ampliaré la información si es necesario.