División de locales y presidencia

Buenas tardes.

Mis preguntas son:

¿Puede un local comercial dividir su local en dos (padre e hijo), hacer escritura individual de cada local en que se ha dividido, y si antes sólo tenían un voto ahora en consecuencia tener dos?

¿Los propietarios de los locales tienen obligación de ser también presidentes?

¿Cómo proceder si el presidente de la comunidad elabora un acta de una reunión que no es fiel a lo que ocurrió realmente en dicha reunión?

Muchas gracias

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En principio para segregar un local hace falta permiso unánime de la junta de propietarios art. 17.1 LPH al ser una modifcación de titulo constitutivo.

Solo podrían hacerlo si lo permite el titulo constitutivo de la comunidad o los estatutos para verificarlo habría que ver la escritura de división horizontal de la comunidad, en el registro de la propiedad de su localidad.

En caso que realicen la segregación tendrían un voto cada uno pero el coeficiente se tendría que dividir entre los dos.

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