¿Cuántos firmas son necesarias en la cuenta de una comunidad de vecinos?

Me gustaría saben quién tiene que poseer la firma de la cuenta del banco en una comunidad de vecinos porque en este momento no lo sabemos y el administrador no suelta prenda. Pensamos que una de las firmas la puede tener el administrador, cosa que no nos hace gracia ya que estamos teniendo muchos problemas con esta persona, por la gestión que lleva. Estamos pensando en autorizarle sólo para consultar los movimientos en internet de la cuenta y que los cobros y pagos los hago el presidente o el vicepresidente podría hacerse esto.

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Simplemente con que el presidente acuda a la entidad financiera lo pueden averiguar fácilmente le facilitaran esta información. Pueden establecer cualquier tipo de acuerdo para las firmas pueden ser mancomunadas por ejemplo poniendo presidente, vicepresidente y administrador y para realizar un pago al menos sean necesarias dos firmas así evitan que el administrador pueda pagar sin contar con presidente o vicepresidente y que ellos dos puedan pagar sin ser necesario el administrador pero nunca ninguno podrá pagar de forma individual. Si prefieren otro como el que usted propone también es valido pero en cualquier caso este acuerdo tiene que establecerse en junta de propietarios para que el banco se lo acepte.

Estamos declinando por el que yo le he comentado, en este momento no nos fiamos del administrador porque ha cometido muchas irregularidades y muchas de ellas han sido reconocidas en una junta general de vecinos por él mismo. Este momento hay vecinos muy enfados y otro que después de exponer los motivos les ha pillado totalmente por sorpresa lo que esta persona estaba haciendo. Así que ahora, nos debatimos entre seguir o echarlo,algunos quieren hacer una auditoría y yo veo que si hacemos esto vamos acabar en los tribunales por lo que pueda salir de ahí. Gracias por aclararme lo de las firmas. Que hacemos lo echamos o esperamos a los resultados de una auditoría.

Una auditoria para ir al juzgado tiene un coste elevado primero tienen que detectar si realmente hay irregularidades o no y si estas merecedoras de denunciarle o no.

Es una decisión que deben valorar en junta de propietarios.

Prescindir de los servicios del administrador no les impide tomar las medidas legales que consideren necesarias.


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