Autorización para representar a propietario frente a la comunidad de vecinos.

Un familiar mío es propietario de una vivienda en un edificio y arrastra problemas de
entendimiento con otros propietarios, aparte de problemas de salud. La relación viene deteriorada de lejos y la falta de entendimiento es total.

Mi familiar ha decidido voluntariamente delegar en mí, documento firmado mediante, para
representarla tanto en reuniones de vecinos como en las consultas y
notificaciones del presidente de la comunidad que van surgiendo en el día a día.

Hasta el momento todo iba bien pero de pronto el presidente me notifica que de ahora en adelante solo responderá consultas o notificaciones única y exclusivamente a los propietarios. ¿Pueden hacerlo? ¿Qué documentación necesito para poder gestionar los temas de la comunidad representando al propietario de la vivienda?

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En su caso, habría que distinguir dos ámbitos diferentes. Por una parte, la asistencia a las juntas delegada por escrito es completamente válida, siempre y cuando se expida una por cada junta que su Comunidad convoque. En cuanto a las consultas y notificaciones del presidente, es ya un caso distinto. Nosotros entendemos que de buena fe podría realizarse, siempre y cuando no se realizaran actuaciones contrarias a la Ley de Protección de Datos, aunque podrían darse distintas interpretaciones al caso.

Nuestro consejo sería que su pariente le otorgase a usted un poder notarial a los únicos efectos de sus relaciones con la Comunidad de Propietarios. Desconocemos su coste económico, pero no creemos que sea muy alto. De este modo, no deberían ponerle más impedimentos para acceder a cuantas cuestiones relacionadas con la Comunidad afecten a su familiar.

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