¿Que debo hacer si en mi comunidad se me niega el mantenimiento de patio-cubierta de uso privativo?

Lo primero un saludo y a ver si me podéis ayudar, no creo que sea difícil.

Como digo en el titulo, quiero saber que puedo hacer si en mi comunidad me niegan acometer el mantenimiento de mi patio-cubierta de uso privativo, apoyándose en que estoy solo ante ellos debido a que soy el que lo usa (y limpia etc..) y eso les escuece desde hace tiempo, pero es que no se ha acometido dicho mantenimiento (reparación) nunca y el piso tiene 35 años y como comprenderán se encuentra dejado de la mano de dios, pero como no es grave se excusan en ello y yo estoy solo contra ellos.

Así, ¿cómo puedo obligarles a que acometan dicho mantenimiento si no quieren?

Para mi que esto se podria considerar una especie de mobbing pasivo, pero bueno...

Necesito abogado, que condiciones de voto necesitaria, ¿Qué hago?

Respuesta
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Mándele burofax al presidente solicitando el arreglo en virtud del art. 10.1 LPH y dándole un plazo para el inicio del arreglo transcurrido el cual tomará las medidas legales estime oportunas.

Si hacen caso omiso solo puede denunciar, si tiene seguro contratado hable con ellos puede que tenga defensa jurídica y le salga gratis, en caso contrario deberá contratar abogado para ello.

Por favor cierre y valore la respuesta.
Mucha suerte y un saludo
Adjunto enlace por si quiere consultar éste u otros artículos de la Ley de la Propiedad Horizontal.
http://www.optimizo.es/LEYPROPIEDADHORIZONTAL.html

Querría saber cuanto plazo sería correcto, pero teniendo en cuenta varios detalles que no expuse en la anterior consulta, como que en breves días hay reunión para hacer el cambio de cargos y me toca a mí ser presidente. ¿Me interesa renunciar al cargo o cogerlo?  También decirles que han hecho varios presupuestos para  elegir entre varios que solicitó el anterior presidente, para acometer la reparación de la cubierta-tejado con también 35 años de antigüedad (algunas humedades), sin incluir el patio de uso privativo, no tomando en cuenta que yo lo solicitara el año pasado verbalmente cuando decidieron acometer la reparación del tejado del edificio, ya que creo es el mejor momento para hacerlo todo a la vez,  con la misma empresa y posiblemente de la manera mas económica.

¿Podría dejar de pagar el tejado por el momento, si no arreglan el patio a la vez que el tejado?  No me niego al pago, sino que lo retraso hasta que me solucionen el tema, ya que se trata de la misma obligación de mantenimiento.

Bueno, de nuevo gracias por su atención.

Un saludo.

Deles un plazo de 15 días para que puedan buscar presupuestos.

Le interesa coger el cargo y en la junta que se trate el tema, ya debería haber llegado el burofax, si no lo trata el anterior presidente trátelo usted y si tiene que convocar otra junta para tratarlo de nuevo no dude en hacerlo.

No debería dejar de pagar nada porque perdería su derecho a voto y probablemente la credibilidad de sus vecinos, podrían denunciarle y tendría que pagar obligatoriamente y como son cosas distintas también si usted denuncia tendrían que pagar ellos, lo mejor seria el dialogo, de todos modos también hay que ver contra quien se enfrenta y podría ser una medida de presión pero como antes le dije le puede salir mal.

Por favor cierre y valore la respuesta.

Me ha sido de gran utilidad la aclaración que me han brindado.

Pero, como prefería dialogar con la comunidad, no he mandado el burofax.

Mi pregunta es: Si no tomasen en cuenta mi solicitud en la reunión y habiendo cogido el cargo (no se, si pueden hacer que no lo coja estando el turno reflejado en libro de actas),

¿A quien debería mandar el burofax si yo soy el presidente?

Supongo, que como les comenté, si ya hay presupuesto para elegir sobre el tejado, ellos deben incluir el de la terraza en el que se elija, dándoles 15 días por burofax si fuera necesario.

Les doy las gracias por su ayuda, dado su gran valor.

Un saludo. 

Si va a hacer nuevas preguntas seria bueno que abriese otra para que si otro usuario tiene la misma duda lo pueda consultar.

El presidente esta facultado para fijar la junta por sí mismo no tiene que consultar a nadie fija el orden del día, el lugar la fecha y hora art. 16.1 LPH

El burofax es mejor que mande antes de que le nombren.

Si el burofax estaría bien tal y como comenta.

Por favor cierre y valore la respuesta.
Mucha suerte y un saludo
Adjunto enlace por si quiere consultar éste u otros artículos de la Ley de la Propiedad Horizontal.
http://www.optimizo.es/LEYPROPIEDADHORIZONTAL.html

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