Vecino que se niega a reparar el tejado, tras 7 años de poner excusas. Parte del tejado se ha caído.

Llevamos 7 años detrás del otro vecino propietario del 67% de la vivienda en la que residen mis padres. El otro vecino no reside en ella. Comenzó todo con unas pequeñas goteras y hoy en día ya se ha caído un trozo de tejado. Mis padres de 80 años están soportando las humedades y padeciendo el riesgo que esta situación de aguas supone. Nos hemos puesto en contacto telefónico, por email, por medio de un burofax, etc. En multitud de ocasiones y unas veces dice que sí y otras que no. Le he presentado varios presupuestos a petición suya, pero nada. Me dicen que la única solución es que mis padres acometan la obra por su cuenta, la paguen y luego le reclamen a la otra parte lo que le corresponda. La cuestión es que mis padres pueden hacer frente al % que les corresponde por su cuota de participación y que es de un 33%, pero no pueden acometer el 100% de la obra. ¿Es cierto que ningún juez, si fuéramos a juicio puede obligar a la otra parte a que firme el presupuesto y contrato de obra y se comprometa a pagar su parte? ¿Qué el juez sólo puede obligarle a acometer las obras, pero no así a pagar la parte que le corresponda? Si es así, ¿La solución es esperar a que haya una desgracia personal para entonces llevarnos las manos a la cabeza y exigir responsabilidades?

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¿Tienen comunidad constituida?

No, no tenemos comunidad constituida porque el otro propietario se ha negado continuamente.

Al no ser 4 vecinos no es obligatoria la constitución de la comunidad.

Si van al juzgado a menos que en escrituras establezca otra cosa el juz le puede obligar a acometer las obras y pagar la parte que corresponda.

Lean la escrituras de división horizontal del edificio, si no la tienen pueden solicitarla en el registro y si en ella no se exime a su vecino a pagar los gastos del edificio acudan a un abogado con esta escritura y la de su vivienda para denunciar y que el juez le obligue a pagar el arreglo.

De acuerdo, muchas gracias. Pero me han dicho que el juez sólo obligará al otro propietario a acometer las obras, pero no a pagar hasta que no estén realizadas. Que yo debo hacerme cargo del total del presupuesto (en mi caso el 33%) y después reclamarle al otro vecino su parte. Y claro, yo no tengo posibilidad ni medios para hacerme cargo del 100%, pero sí del 33% que me corresponde en escritura.

Obligara a pagar el arreglo en virtud de los pagos necesarios para acometerlo no hasta que se acabe. Pero como le digo es necesario que hablen con un abogado para que con toda la documentación de la comunidad en la mano le pueda dar un asesoramiento correcto, un al igual que un médico no puede dar un diagnostico definitivo de una enfermedad sin examinar al paciente.

Muchas gracias por su asesoramiento. De todas formas, el abogado al que he consultado siguiendo sus indicaciones me ha dicho que tenemos toda la razón pero que ve muy difícil que el juez pueda pedir al otro propietario que pague hasta que las obra no están realizadas y pagadas en su totalidad por parte de mis padres. Luego vendría el siguiente paso que es reclamarle al vecino su porcentaje y si no paga, embargar bienes y demás.

Gracias de nuevo.

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