Buenos días, En mi comunidad...
Buenos días,
En mi comunidad se contrató a un nuevo
portero ya que el anterior decidió jubilarse anticipadamente.El contrato
empezaba en Mayo (2011) del año pasado y acababa en Marzo de este año
(2012).El tipo de contrato fue de duración determinada (401) y jornada
completa.Se especifica en el mismo ,en una de sus clausulas y
literalmente que" el periodo es de 11 meses hasta la fecha de jubilación
del antiguo portero, y teniendo plena autonomía y sustantividad dentro
de la actividad de la empresa, no pudiendo superar 3 años, ampliable
hasta 12 meses por convenio colectivo"
Mi pregunta es la siguiente:
Si se desea no prescindir de los servicios del nuevo portero , ya que la idea inicial era la de
prescindir
del servicio de portería, tras la jubilación del portero de toda la
vida.¿Podemos mantener el contrato por obra y servicio? Y ,si es así,
¿Cual es el plazo máximo?.
Nuestro administrador , dice que es obligatorio hacerle indefinido después de este contrato y quiero corroborarlo.
Gracias