En Votaciones en la Juntas Generales
En los estatutos por los que se rige nuestra comunidad, pone lo siguiente:
"Sin perjuicio del derecho que a todo propietario corresponde a asistir, deliberar y votar en las juntas generales y a delegar esas facultades en cualquier persona, el vocal de cada portal representará en la Junta General a cada uno de los propietarios de sus respectivos portales.Esta repressentación estatutaria sólo quedara desvirtuada por la asistencia personal del propietario o por la delegación conferida a otra persona, por escrito y con carácter especial para la Junta de que se trate."
¿Eso quiere decir que si yo no voy y no delego, el vocal vota por mi? ¿Y ese voto se suma al de los asistentes? ¿Y qué pasa si el vocal no asiste ni delega? ¿Qué pasa con los votos de los vecinos que no ha ido ni delegado ni su vocal tampoco?