¿Cual es la normativa sobre poner un ascensor en viviendas antiguas de 5 alturas?

Voy a comprar una vivienda en una casa antigua de Madrid y no tiene ascensor.

Me gustaría saber cual es la normativa sobre la obligatoriedad para instalar un ascensor en viviendas de 5 alturas.

¿Es posible obligar a los vecinos a colocar el ascensor a través de alguna ley?

2 respuestas

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No se les puede obligar solo si hay mayores de 70 años o personas con minusvalía se puede llevar a junta pero hace falta que voten a favor la mayoría de los propietarios que a su vez representen la mayoría de cuotas de participación en virtud del art. 17.1 LPH

Mucha suerte y un saludo
Adjunto enlace por si quiere consultar éste u otros artículos de la Ley de la Propiedad Horizontal.
http://www.optimizo.es/LEYPROPIEDADHORIZONTAL.html

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Optimizo Comunidades
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914254481/626764724

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Para poder instalar y en este caso rehabilitar una finca para la incorporación de un ascensor es necesario que lo que se plantee se lleve a la junta de vecinos y se someta a voto. Para que el ascensor pueda ser instalado, como muy bien han dicho, es necesario que se recoja un número de votos a favor de la mayoría de los propietarios y que éstos votos representen a la mayoría de cuotas de participación. Si disponéis de un administrador de fincas, él os lo podrá solucionar de la manera más beneficiosa para todos y buscar una solución al conflicto, siempre teniendo en cuenta la Ley de la propiedad horizontal.

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