Piso de alquiler de protección oficial

Hola, soy Presidente de un bloque de viviendas cuyo propietario es la junta de Castilla y león. Somos en total 10 vecinos en mi bloque, y todos estamos con un contrato de alquiler puesto que son viviendas de protección oficial en régimen de alquiler. Mi duda es la siguiente:
El Edificio tiene una antigüedad de unos 29 años, y el portal esta bastante deteriorado, hasta ahora los vecinos nos hemos encargado de arreglarlo un poco pintándolo y cambiando varias veces la puerta de entrada, el caso es que nos han comentado que esos arreglos los debería hacer el propietario osea la Junta. Lo que queremos hacer ahora es cambiar los buzones, quitar tres escaleras que hay en el acceso y poner una rampa, poner una puerta de entrada nueva, instalar luces de emergencia, cambiar las puertas de los cuartos de luz y de agua (ya que son de madera y están destrozadas), poner suelo y pintar. Me gustaría saber si podríamos exigir esas mejoras a la Junta.
Muchas gracias por tu atención

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1.- La pregunta, general, es a quien corresponde hacer y pagar los arreglos y esto corresponde a la Junta de Castilla - León, que son los propietarios y arrendadores.
2.- Me dice que ud. es "Presidente del bloque", y que por otro lado es un "arrendatario" y en esta situación, le informo que, según la vigente LPH, no puede ser Presidente de una Comunidad de Propietarios, ninguna persona que no sea propietario. Por tanto, deben de constituirse en cualquier tipo de asociación, si es que no lo han hecho anteriormente, y en este caso, si podrá ser elegido Presidente, con arreglo a lo que contemplen sus Estatutos.
Saludos
Pedro

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