Reformas antes de la existencia de la Comunidad

El anterior propietario de mi vivienda realizó varias reformas antes de que la Comunidad de Vecinos se conformara, así que no tuvo que pedir permiso para llevarlas a cabo: ampliación del salón a costa de un trozo de terraza y la instalación de una pérgola de madera en el resto de la misma. La obra la llevó a cabo la misma constructora que edificó la urbanización.
¿Es posible que tres años después la Comunidad nos pueda obligar a tirar la obra hecha?

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Con respecto a tú pregunta, según la ley, si que podrían obligarte a tirar la obra hecha, pero necesitaríamos saber más cosas, como por ejemplo, si existe en la comunidad alguna otra obra, similar o igual, y sobre todo el motivo de que a los anteriores dueños no se la hicieran tirar y ahora con vosotros sí.
También seria necesario ver si realmente esta alterando la fachada o la obra no se ve desde fuera del edificio.
No obstante tendrían que hacer una reunión con el orden del día en que constase ese punto y luego contratar abogados y procuradores.
En tu beneficio te diré que si existen otras obras, prácticamente la comunidad no tiene nada que hacer, porque seria un agravio comparativo con respecto a vosotros.
Hola.
Que sepamos sí existen otras obras de la misma índole y que se hicieron en las mismas circunstancias. Por otro lado, la obra no repercute en la apariencia del edificio ni de las demás viviendas pues respeta la arquitectura, el color, el diseñor... etc... Ni tampoco está perjudicando a los demás vecinos.
Gracias y saludos.
Si es como comentas, la comunidad poco puede hacer, al no ser que demande a todos y cada uno de los propietarios que han hecho modificaciones en las viviendas.
¿Podría haber algún contrato con el constructor, que especificase las modificaciones?
Es que en el caso de que la comunidad se pusiera terca se podría presentar como prueba, aunque yo pienso que al final los comunitarios no van hacer nada, pero por prevenir.
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Es un caso un poco difícil, se que si se ocuparon partes comunes sin contar con el hecho de que después se podrían reclamar dichas partes comunes por la comunidad se que al anterior dueño si se le podrían reclamar perfectamente, ahora lo que no se es en que condiciones te las pueden reclamar a ti... puede que se consiga llegar a un acuerdo por las partes ocupadas ya que si la comunidad no las necesita para nada o no son de necesidad no tendrían por que ir a malas contigo más no siendo tu el que lo ha hecho con lo que para solucionarlo mejor acude al defensor del consumidor si puede ser con el presidente de la comunidad y le exponéis el caso o con el defensor del pueblo o juez de paz, ellos os podrán ayudar para saber de forma legal que se puede hacer y si eso te afecta a ti como nuevo propietario del piso y puedes o debes de reclamar los daños y/o gastos ocasionados al altigüo dueño e incluso si puedes reclamarle parte del precio de venta del piso porque el te lo vendió con esas condiciones y si tu tienes que perder esa parte si tienes derecho a que te abone el porcentaje de la parte que pierdas... en fin, directamente a la forma legal y amistosa, pues puede que incluso podáis llegar a algún acuerdo en el que tu te hagas cargo de los daños por la parte comunitaria que ocupas, pero para eso la comunidad tendría que cederte la parte ocupada de forma lega y tendrías que incluirla en tus escrituras, de lo contrario el problemas estaría con los seguros...

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