Renovación de cargos comunidad de propietarios

Se ha hecho una reunión ordinaria en mi Comunidad de propietarios donde resido para renovar los cargos de la Comunidad (Presidente y Secretario). Pues bien, en la Comunidad hay un sistema instaurado desde el inicio ( año 1975) para alternar los cargos automáticamente entre los propietarios cuando finalicen al año estos. Pues bien, según este sistema, le toca a una propietaria la cual comunicado que no desea ostentar cargo alguno, alegando una minusvalía física (ha aportado la documentación donde tienen reconocida una minusvalía del 65 %), y a otro vecino que no vive en la Comunidad ya que tienen alquilado el piso (este ni siquiera se ha presentado a la reunión o ha delegado en alguien). Por favor estamos un poco desconcertados porque nunca ha sucedido ésto, en consecuencia tenemos las siguientes dudas: ¿Puede esta propietaria que alude una minusvalía renunciar al cargo que le tocase ahora?, y respecto al otro propietario que no se ha presentado ¿le podemos anular el nombramiento y saltar a otro vecino al no presentarse? O de lo contrario, ¿hay qué darle un plazo para que alegue?

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El presidente tiene un mes de plazo desde su designación para renunciar al cargo, siempre presentando la renuncia motivada ante la junta, para que esta la apruebe, En caso de que la junta no acepte la renuncia, ha de acudir al juzgado para que solicite acepte la renuncia, fijando el juez el modo de suplir al presidente. Por tanto, la junta debe decidir si la minusvalía es causa suficiente para renunciar al cargo, y en el segundo supuesto, el propietario ha de manifestar su deseo de no ser presidente en un mes. Pasado este plazo sin que lo haga, pero sin que tampoco asuma su cargo, deberán acudir al juzgado para que le obligue a su aceptación, o tome una solución alternativa.

Un saludo.

Si la respuesta ha sido de utilidad, le ruego la valore positivamente.

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