¿Obligación presidente?
¿Cómo presidente de una comunidad de propietarios, con administrador/secretario, debo asistir a las juntas extraordinarias y ordinarias obligatoriamente?
Sólo leo en la ley que mi obligación es convocar y presidir, pero sin embargo no le da la importancia legal como en el nombramiento o relevo.
A que se refiere, la ley cuando dice, que el VP: "sustituir al Presidente en caso de ausencia, vacante o imposibilidad, y asistirle en el ejercicio de sus funciones"
Sólo leo en la ley que mi obligación es convocar y presidir, pero sin embargo no le da la importancia legal como en el nombramiento o relevo.
A que se refiere, la ley cuando dice, que el VP: "sustituir al Presidente en caso de ausencia, vacante o imposibilidad, y asistirle en el ejercicio de sus funciones"
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Respuesta de Pedro Sanchez Martinez