Cerramiento y guarda 24 hs

Mi Comunidad de propietarios ha efectuado el cerramiento de la finca y el Ayuntamiento nos exige una "presencia física" de guarda o conserje durante 24 hs para poder poner motorización a las puertas de vehículos. Mi pregunta es la siguiente : ya que la Ley de Propiedad Horizontal permite que sean los propios vecinos, en turnos rotatorios, los que se encarguen de la limpieza de la finca ¿sería posible hacer lo mismo con el puesto de guarda? Hemos cerrado por motivos de seguridad y ahora no nos dejan cerrar las puertas. Si tuviésemos dinero para contratar guardas jurados durante 24 hs ni siquiera hubiésemos necesitado cerrar.

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En España cada ayuntamiento es un mundo y tiene su propio funcionamiento, pero si no pone en la carta que debe ser vigilancia remunerada, perfectamente lo pueden hacer ustedes mismos, hablen con el ayuntamiento y que les digan los requisitos que requieren.

Me interesa mucho su respuesta ya que antes de efectuar el cerramiento el Ayuntamiento de Madrid (Junta municipal de Latina) me informaron que no podían obligarme a contratar a nadie y que bastaba con un compromiso de la Junta Rectora de arreglar el tema de la guarda permanente. Sin embargo, una vez hecho el cerramiento me denegaron ese compromiso diciéndome que me habían informado mal y que en virtud de la Ordenanza de Uso y Conservación de Espacios Libres ( http://www.admifin.es/images/ordenanzas/ORDENANZA5.pdf ) en su articulo 12b, teníamos la obligación de presentarles un contrato con una empresa de guardas o de conserjes, pero en la ordenanza no dice nada de contratos. ¿Tenemos derecho a discutir este punto desde un punto de vista legal?

Claro que si, vuelvan a hablar con el ayuntamiento, seguro que hay alguna alternativa más razonable para todos, si no viene expresado en la ordenanza nada del contrato que les expliquen porqué, o plantearlo inicialmente de nuevas como si no hubieran hecho nada para ver que opciones les dan. Si no hay forma de llegar a un acuerdo con el ayuntamiento, deberían coger un abogado que les explique las posibles "escapatorias" que siempre hay analizando con detalle su caso y toda la documentación que aporte el ayuntamiento.

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