Cuadro eléctrico

Buenas Noches.
Mira, me he comprado un chalé que está en fase de construcción ya muy adelantada. Me lo entregarán hacia septiembre. Todo hasta el momento va perfecto, hasta ahora... La cuestión es que de un día para otro me he encontrado en una esquina del jardín (que por cierto no es que sea muy grande 112 m2), una "caseta" de bloques con tejadillo de unos dos metros y pico de alto y que ocupa en planta 1,30*0,50 m2 aprox. Me dicen que es el cuadro eléctrico de la urbanización, puesto que Viesgo o el Ayto. Les han exigido que la línea eléctrica sea subterránea, y me ha tocado a mí el "armario", en mi jardín. Ante esta situación: no se me había comunicado nada hasta ahora, dicen que en los planos figuraba (en los míos no)... Y lo enorme del armatoste, mis preguntas: 1. ¿No debería ubicarse esta caseta en una zona común de la urbanización?. 2. ¿Existen otras alternativas de mucho menor tamaño que den el mismo servicio?. 3. ¿Se puede colocar el armatoste en la acera que linda con mi propiedad?. 4. ¿Hay alguna manera de quitarme esa barbaridad de en medio?. 5. ¿Cómo se hace en otros países?, porque o mucho me equivoco o en otros países aunque se soterre la línea eléctrica no les plantan a los propietarios estos elementos en el jardín... Ayuda por favor. Un saludo y gracias de antemano.

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Ten en cuenta que el armatoste lo deben colocar en algún sitio pero eso sí, no en zona privada. Este tipo de armarios de distribución ha de estar en zona común o si acaso, en tu fachada o valla de tu vivienda pero hacia el exterior y sin apenas entrar dentro de tu propiedad. Para ello deberían pedir permiso al propietario (a ti).
Gracias por tu rápida respuesta. Al final no se trata de un cuadro de Viesgo, sino del centro de telecomunicaciones de la urbanización. Aún así, creo que deberían haberme informado o situarle en otro lugar más adecuado de la urbanización (que lo hay). Voy a seguir peleando. Un saludo.
Aún siendo el de telecomunicaciones puedes aplicar lo mismo que el cuadro eléctrico. Ha de estar en zonas comunes y acceso desde el exterior y nunca dentro de propiedad privada.

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