Derivación individual

Me han dicho que el cable que va desde el contador hasta dentro de la vivienda de las de un edificio (creo se llama derivación individual) pertenece a la instalación privada de esa vivienda. Necesito saber en qué apartado del Reglamento, o cualquier otra normativa, viene especificado así.
Gracias. Un saludo.

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En esta página del ministrerio de industria se explica la instrucción 12, que abarca la derivación individual:
http://www.mtas.es/insht/legislation/Rd/itc_bt_12.htm
En uno de sus párrafos dice:
" Estas instalaciones se situarán y discurrirán siempre por lugares de uso común y quedarán de propiedad del usuario, que se responsabilizará de su conservación y mantenimiento"
Está bien clarito, para bien y para mal la derivación individual es tuya, si un día decides ampliar la potencia y tu linea se queda corta, tu deberás pagar el coste total de una nueva instalación, solicitando permiso al presidente de la comunidad de vecinos.

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