¿Derechos de paso?

Hola: Tengo un curioso problema. Reulta que estoy realizando reformas en una vivienda en un 2º piso. Al hacer las rozas en el suelo para pasar tubos de calefacción nos hemos tropezado con unos cables. Creyendo que la luz del piso estaba cortada, y lo estaba, no hemos dudado en cortarlos y resulta que ha saltado el diferencial del piso de abjao, el 1º.
El vecino de abajo me dice que antes se hacía así, se colocaban los cables de un piso sobre el forjado del de encima y luego se pasaban al piso de abajo con agujeros en el forjado. Hasta aquí vale, pero el vecino ha realizado obras de reforma en su piso hace varios años (en el 2000) y sencillamente cambió los cables de electricidad que estaban podridos por otros nuevos PERO DEJANDO LOS TUBOS ANTIGUOS DONDE ESTABAN.
Ahora tengo su cable asomando por el suelod e la cocina, dice que se lo tengo que arreglar y dejar como estaba o me denuncia, y yo le digo que quite su cable de mi piso y lo meta por el falso techo del suyo.
El edificio es de 1968 y no me extraña que la normativa de antes permitiera ese tipo de instalación, pero supongo que en la del 73 y la actual eso debe estar rpohibido.
¿Dónde puedo encontrar algo de normativa al respecto? En el RTBT no encuentro nada sobre derechos de paso o algo así.
Gracias
Respuesta
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Efectivamente tanto en el REBT del año 1973 como en el de 2002, especifica lo siguiente:
- "No se establecerán entre forjado y revestimiento tubos destinados a la instalación eléctrica de las plantas inferiores. Para la instalación correspondiente a la propia planta, únicamente podrán instalarse, en estas condiciones, tubos blindados que deberán quedar recubiertos por una capa de hormigón o mortero de 1 cm de espesor, como mínimo, ademas del revestimiento."
Este párrafo lo tienes en el REBT del 73 MIEBT 019, pto. 2 "Colocación de tubos", o en el REBT de 2002 MIEBT 21, pto 2.3 "Montaje fijo empotrado"
La reglamentación anterior, si la había, la desconozco.

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