Contratar luz

He constuido almacen de aperos con licencia de obra en el proyecto venia un punto de luz y un enchufe y en el informe del técnico lo veía favorable. He. ¿Construido con arreglo al proyecto y me han emitido licencia de primera utilización aunque viene en elle que no tiene ningún punto de luz.mi pregunta es? Cuando contrate la luz de forma definitiva ya que ahora la tengo temporal por obras, me pueden poner pegas con lo que pone en la licencia de primera ocupación de que no hay ningún punto de luz.

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Respuesta
Nada tienen que ver las licencias de primera ocupación y el contrato de obra con la contratación definitiva de la luz.
Para la contratación definitiva necesita un boletín oficial y la instalación de acuerdo a la normativa eléctrica vigente. Esto se lo hará un instalador autorizado.
La normativa exige un proyecto y una instalación acorde a la actividad que se va a desarrollar en el local en cuestión.
En un principio se exigen como indispensable:
Acometida libre de halógenos
Caja ICP (Interruptor de control de potencia)
Automático de corte general
Automático diferencial
Lineas independientes para cada servicio protegidas por automáticos bipolares.
Le recomiendo llame al electricista que haya realizado la instalación.
Usted puede tener luz contratada y llegar el técnico del ayuntamiento y no darle la licencia de apertura de su local por falta de alumbrado de emergencia, falta de puntos de luz, falta de balizas de señalización en escaleras, enchufes situados a menor distancia de la permitida de fuegos, lavabos, etc...

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